viernes, 18 de junio de 2010

SICARIATO IDEOLOGICO

Por Carlos Bustamante Salvador
Nuevamente el día míercoles 16 de junio del 2010 la maquinaria demoledora e insensata de Alianza País de la Comisión de Comunicación, dolosamente ha empuñado la daga sicaria con la que se pretende consumar el execrable crimen a la libertad de expresión, libertad de pensamiento y libertad de comunicación.

Mientras la globalización facilita que la información originada en cualquier punto del mundo sea de conocimiento general, en nuestro país al amparo de una Constitución reglamentaria y leyes orgánicas opresoras, insensatas y absolutistas se intenta perseguir y amordazar a la prensa libre, soberana e independiente

Es el momento oportuno de mantener vivo en nuestro pensamiento, sin doblegarnos una de las estrofas del Himno Nacional del Ecuador: “Y si nuevas cadenas prepara la injusticia de bárbara suerte, ¡gran Pichincha! Prevén tú la muerte de la Patria y sus hijos al fin, hunde al punto en tus hondas entrañas cuando existe en tu tierra: el tirano huelle solo cenizas y en vano busque rastro de ser junto a ti.”

domingo, 13 de junio de 2010

POLITICA CRIMINAL Y SEGURIDAD CIUDADANA

Por Carlos Bustamante Salvador
Por lo general, la actitud tradicional, que es la vigente en la estructura jurídico-penal sustantiva y procesal se pone de manifiesto, en la simple y aislada forma de abordar temas, aspectos, asuntos o capítulos; lo que determina el que se realicen enfoques unilaterales que terminan por ser arbitrarios.

Estamos acostumbrados a desarrollar temas, como por ejemplo el plagio, el narcotráfico, el homicidio, la corrupción; o, abordar aspectos como la oralidad, la celeridad en el trámite procesal, la prueba, los recursos, etc. Mientras que la naturaleza del área del conocimiento que se relaciona con la conducta humana, determina que para la efectividad y objetividad, deba ser un contexto el que constituya motivo de análisis, para en función de ese entorno ubicar cualquier singularidad. Nunca la parte puede ser concebida a través de sí misma, sino que es la expresión de realidades integrales.

La concepción jurídico-penal, en cualquier plano en que nos ubiquemos, está siempre alrededor de enfoques integrales; es lo que técnicamente se denomina "integración funcional", tanto con respecto a la diversidad de disciplinas ubicadas en la misma área, como a orientaciones ideológicas, generalmente concebidas dentro de tendencias universales.

Delmás - Marty manifiesta que "la política criminal es el conjunto de métodos, por medio de los cuales el cuerpo social, organiza las respuestas al fenómeno criminal". Criterio que permite el que la estructura legislativa en materia penal, sea la expresión de la política criminal de un Estado, constituyéndose en fundamento que permita una oportuna respuesta al fenómeno criminal.

El ubicarla dentro de tal nivel es lo que da lugar para que tal legislación sea al mismo tiempo la expresión de la realidad criminal, en un momento determinado; el fenómeno delictivo, en una sociedad, no es el mismo, puesto que va adquiriendo caracteres diversos de conformidad con las circunstancias históricas que se ponen de manifiesto.

Es la legislación penal la precisamente encargada de generar y ubicar al fenómeno criminal, puesto que es única y exclusivamente la ley penal la que señala a la conducta humana como delictiva, con lo cual, concomitantemente, responde la ley penal, a las características y proyecciones que tal fenómeno criminal adquiera en la sociedad.

En el derecho penal sustantivo se deben regular las teorías de la ley penal, del delito y de la pena; y, actualizar al fenómeno criminal al señalar las figuras delictivas que se van produciendo. Al mismo tiempo se precisa también la configuración de un sistema procesal, que a la vez que prevea un trámite ágil y eficiente, establezca los órganos de control social para la adecuada y oportuna investigación del delito y acertado juzgamiento.

Si se concibe a la política criminal como una estrategia para enfrentar el fenómeno de la criminalidad, que como toda política pública se integra con presupuestos de los que se parte, objetivos que se pretenden alcanzar e instrumentos idóneos para conseguir estos últimos, el Ecuador no ha contado con una verdadera política criminal.

Desde luego, no ha existido estrategia alguna coherente en esta materia, que partiendo de presupuestos criminológicos, dogmáticos y político criminales claros, haya propuesto conseguir determinados objetivos mediante el diseño e implementación de los correspondientes instrumentos político criminales.

La errónea creencia en la eficacia del rigor penal produce diversos efectos humanos y sociales negativos, entre los que cabe destacar los siguientes:

 Sufrimientos inútiles, los que, además, son distribuidos inequitativamente en la población, recayendo, en forma abrumadoramente mayoritaria, sobre los sectores más desprotegidos, que son los que resultan más vulnerables a la intervención del sistema penal;

 Se crea la ilusión (a manera de un falso tranquilizante) de que la mayor represividad es un instrumento idóneo para controlar la criminalidad, confianza peligrosa que obstaculiza o dificulta la adopción de otras medidas de diverso orden que sí podrían contribuir a avanzar en la solución del problema; y, por último,

 El rigor penal excesivo del sistema penal tiene carácter criminógeno, es decir, contribuye a la generación y reproducción de la criminalidad.

Los delitos afectan algunos de los más importantes derechos de las personas, cuya protección constituye un deber del estado impuesto tanto por la Constitución como por los tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en el país. De ahí que surja a la vez el deber del estado de desarrollar una política criminal eficaz dirigida a la prevención y sanción de la criminalidad.

Debe tenerse presente que el sistema penal es sólo uno de los instrumentos (de última ratio) de que disponen el estado y la sociedad para enfrentar el fenómeno de la criminalidad. Un instrumento que, por lo demás, llega demasiado tarde, por lo que el énfasis debe estar puesto en el diseño e implementación de políticas públicas de carácter preventivo relacionadas con las variadas áreas del quehacer social (económicas, educacionales, capacitación, familiares, urbanas, recreación, entre otras) que tienen incidencia en el fenómeno de la delincuencia.

El sistema penal posee limitaciones, por lo que habrá que utilizarlo adecuadamente y no hacerse falsas expectativas. En este sentido hay que destacar que el objetivo del sistema penal no es la erradicación o supresión de la delincuencia, sino que uno más modesto, su disminución, o cuando menos, su control.

El delito es un fenómeno inevitable como la enfermedad y la muerte, consecuencia de la imperfección de la sociedad y del ser humano. La sociedad debe, por tanto, acostumbrarse a vivir con una dosis inevitable de criminalidad, sin perjuicio, por cierto, de hacer los máximos esfuerzos compatibles con las garantías penales propias de un estado de derecho para disminuirla en la medida de lo posible. (Cabe observar a este respecto que la única doctrina que ha planteado como meta utópica la supresión de la delincuencia es el marxismo ortodoxo, por cuanto, de acuerdo con dicha posición, la ideal conformación de las relaciones sociales que se alcanzaría con el comunismo haría desaparecer las contradicciones que originan la delincuencia).

Bases de una política criminal:

1. Fundamentar científicamente la política criminal, que permita realizar diagnósticos adecuados, establecer prioridades y orientar ordenadamente la inversión de los recursos del sistema penal, racionalizando su uso, a fin de obtener un óptimo aprovechamiento.

2. Realizar auditorías de personal, fortalecer y capacitar la Policía Judicial a fin de reducir los elevados índices de impunidad, que representan una de las mayores falencias del sistema, y contribuyen en importante medida a la inseguridad ciudadana. Una Policía Investigativa idónea, saneada internamente, cumple no sólo la función represiva sino una preventiva eficaz.

3. Acatar y cumplir con la unidad jurisdiccional, el sistema judicial policial debe ser administrado por la justicia común, sancionando los actos de corrupción, separando de la Institución Policial los malos elementos en todas las jerarquías.

4. Efectuar una reingeniería de la Policía Nacional, la que tendrá bajo su responsabilidad los servicios de: Antinarcóticos, Policía Judicial, Migración, Antisecuestros y Extorsión, Policía Comunitaria y el Grupo de Intervención y Rescate. Los servicios de tránsito y control del medio ambiente pasarán a responsabilidad de los Municipios, así como el control de cárceles a la Dirección Nacional de Rehabilitación Social.

5. Perfeccionar y descentralizar el sistema judicial y penal, con el fin de prevenir sus posibles efectos criminógenos y sancionar con celeridad las infracciones y delitos, con trabajo comunitario o prisión, privilegiando la mediación en la solución de conflictos; la racionalización del sistema penal, depende de la voluntad política, la sociedad no demanda mayores normas sino resultados a más corto plazo.

6. Proteger adecuadamente a la víctima, respetándole su dignidad (evitando en particular la victimización secundaria que sufre a manos del propio sistema), asistiéndola efectivamente, informándola de sus derechos y de la marcha del proceso e incentivándola a cooperar con la investigación.

7. Establecer un modelo democrático racional y limitado, fundamentado en los principios de legalidad, certidumbre y respeto de la dignidad y derechos humanos.

La política criminal, que es una de las políticas del Estado, diseña el ejercicio de la violencia estatal, siendo el modo como el Estado haga uso del poder en este ámbito uno de los indicadores de la debilidad o de la profundidad del sistema democrático en una determinada sociedad y nos mostrará, o no, el grado de respeto a la dignidad de todas las personas y el grado de tolerancia a lo diverso, que es lo que caracteriza a una verdadera sociedad democrática.

En nuestro país, desde el advenimiento de la democracia no se ha formulado una verdadera política criminal para la democracia, existiendo en torno a las respuestas carentes de coherencia y que han consistido en actos espasmódicas frente a determinados sucesos, ante los cuales se ha respondido predominantemente con la hipertrofia del derecho penal, reformando las leyes penales o procesales aisladamente del conjunto del sistema, es decir, del proceso, de la ejecución de la pena y de la prevención.

Existen entonces, de modo general, dos enfoques frente al tema penal: uno de rasgos autoritarios, lo que se conoce como “mano dura”, que propugna dejar de lado las garantías constitucionales en aras de una supuesta “eficiencia” y que hace aparecer como si el tema de la seguridad se solucionara agravando penas y procedimientos, otorgando más facultades a la Policía.

Así, frente al fenómeno criminal, postula una supuesta mayor “eficiencia” y se hace aparecer al sistema penal y a las garantías y principios constitucionales como causantes de “ineficacia” en la respuesta frente al delito. Propugnando el endurecimiento de las penas y realizando operativos policiales de impacto en contra de las personas utilizadas para el comercio ilegal de lo sustraído, identificando como causa de la inseguridad ciudadana al sistema penal, olvidando negligentemente la prevención, responsabilidad de la Policía Nacional, impulsando medidas claramente desequilibradas en un sentido punitivo y que la experiencia ha demostrado que no han dado los resultados que se le asignan, y que más contribuyen al debilitamiento del Estado de Derecho.
Los hechos delictivos se manifiestan de muchas formas, desde la delincuencia común tradicional compuesta principalmente por delitos contra el patrimonio, contra la vida y contra la integridad personal, pasando por algunas formas organizadas de delincuencia común, entre ellas determinadas actividades de las pandillas juveniles y algunas bandas delictivas dedicadas en mayor medida al robo y otros delitos patrimoniales, a ello se añadiría verdaderas formas de crimen organizado como el hurto y robo de vehículos, el contrabando, el narcotráfico, las grandes defraudaciones financieras, la corrupción y los secuestros.

A pesar de la complejidad y profundidad de esta problemática, hasta la fecha nuestro país no cuenta con medidas sistemáticas, coherentes, sostenibles y eficientes para enfrentarla. No existen políticas públicas claramente definidas para abordar la violencia y la criminalidad. Más bien las respuestas estatales se han caracterizado por ser reactivas, dispersas, contradictorias y vinculadas más a intereses de marketing político que a la búsqueda de soluciones eficientes.

En consecuencia, es imperativo profundizar espacios de participación ciudadana en los asuntos de la seguridad ciudadana y la política criminal, para que su diseño, ejecución, control y evaluación no sean patrimonio exclusivo de los gobernantes y de los sectores sociales económicamente poderosos, sino también de la sociedad en general y de organizaciones sociales en particular, con el fin de que se puedan propuestas de solución alternativas a la criminalidad, basadas en el respeto de los principios del Estado Constitucional de Derecho y los derechos humanos.

UPC REPUBLICA

PICHINCHA 246
ZS 1 La Delicia 32
ZS 2 Carapungo 10
ZS 3 Norte Unidad Centro Occidente 40
ZS 4 Centro histórico 44
ZS 5 Eloy Alfaro 58
ZS 6 Tumbaco 16
ZS 7 Valle de los Chillos 11
ZS 8 Quitumbe 35

Esmeraldas 85
Carchi 36
Imbabura 53
Sto. Dmgo. Ts. 27
Cotopaxi 47
Tungurahua 35
Bolívar 39
Chimborazo 55
Cañar 34
Loja 109
Manabí 124
Los Ríos 65
El Oro 85
Sta. Elena 10
Galápagos 3
Napo 4
Orellana 7
Sucumbios 27
Pastaza 21
Morona Stgo. 21
Zamora Ch. 24

No existen datos de Guayas y Azuay.

Total: 1178 UPC a razón de 4 miembros en cada uno aproximadamente 5.000 policías, cada Unidad cuenta con vehículo y moto el 70%.

DISCURSO: TEMA SEGURIDAD

DISCURSO DEL SR. LICENCIADO CARLOS BUSTAMANTE SALVADOR, PRESIDENTE DEL COMITÉ DE SEGURIDAD CIUDADANA “LA PULIDA” EN LA INAUGURACION DE LA UNIDAD DE POLICIA COMUNITARIA, DICIEMBRE DEL 2005

LA ACTIVIDAD DELICTUAL CONSTITUYE UNA DIFERENCIACIÓN EN EL INTERIOR DE LA SOCIEDAD QUE POSEE SUS PROPIAS REGLAS OPERATIVAS, SU LENGUAJE, SUS CÓDIGOS Y PROGRAMAS PARA ENFRENTAR SU ADAPTACIÓN AL ENTORNO QUE LLAMAMOS "SOCIEDAD NORMAL", MEDIANTE ESTRATEGIAS DESVIADAS RESPECTO DE LAS NORMAS SOCIALES DE LA CULTURA DOMINANTE. POR TANTO LA COMPLEJA ETIOLOGÍA INVOLUCRADA EN SU ESTRUCTURACIÓN, LA DINÁMICA INTERNA QUE LA MUEVE Y SUS AMPLIAS REPERCUSIONES SOCIALES SON DISTINTAS DE LOS PROCESOS Y ACCIONES DE LOS SISTEMAS QUE BUSCAN ALCANZAR SEGURIDAD.
DE ALLÍ QUE SE ENTIENDA QUE PARA LA CONSECUCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA SE REQUIERA DE LA RESPONSABILIDAD TANTO DEL ESTADO Y DE SUS DIVERSOS ORGANISMOS COMO DE LA CIUDADANÍA EN GENERAL. POR ELLO LAS ACCIONES EN MATERIAS DE SEGURIDAD CIUDADANA PUEDEN EJERCERSE EN DIVERSOS ÁMBITOS: METROPOLITANO, LOCAL, VECINAL, ETC., PUESTO QUE ESTE PROBLEMA SE PRESENTA EN CUALQUIER ESCALA TERRITORIAL Y LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE LA CIUDADANÍA EN LA SUPERACIÓN DEL PROBLEMA A TRAVÉS DE SUS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS SE TORNA INDISPENSABLE PARA INCREMENTAR LOS NIVELES DE PREVENCIÓN.
DIVERSOS HAN SIDO LOS ACTORES INVOLUCRADOS EN LOS PROCESOS DE PREVENCIÓN DE LA ACTIVIDAD DELICTUAL EN LAS SOCIEDADES CONTEMPORÁNEAS. ENTRE ELLOS DESTACAN EN PRIMER TÉRMINO EL ESTADO A QUIEN LE COMPETE LA RESPONSABILIDAD PREDOMINANTE DE PROTECCIÓN DEL CIUDADANO. PARA ELLO ACUDE A SUS DIVERSOS ORGANISMOS TALES COMO LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, LA POLICÍA Y LAS INSTITUCIONES CARCELARIAS. POR OTRA PARTE, SE ENCUENTRA LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA MEDIANTE COMITES DE SEGURIDAD.
EN EL NIVEL LOCAL HA SIDO FRECUENTE LA INCORPORACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL ESTADO COMO LOS MUNICIPIOS Y LA COMUNIDAD MEDIANTE LA PARTICIPACIÓN EN JUNTAS DE VECINOS, COMITÉS DE SEGURIDAD, AGRUPACIONES DE JÓVENES, CLUBES DEPORTIVOS Y ENTIDADES COMO BOMBEROS O POLICÍA. CADA UNO DE ELLOS SE INCORPORA A LOS PROCESOS DE ARTICULACIÓN DE LA PREVENCIÓN CON SU PROPIA CARGA VALÓRICA, SU PARTICULAR FORMA DE VER E INTERPRETAR EL MUNDO Y LAS POSIBILIDADES DE ACCIÓN QUE LE PERMITEN SUS LÍMITES DE OPERACIÓN SISTÉMICA.
LA SEGURIDAD CIUDADANA ENFRENTA ENTONCES UN IMPERATIVO INELUDIBLE: DEBE ARTICULAR, DISCURSOS, INTERESES, CAPACIDADES Y COMPROMISOS DIVERSOS PARA LA CONSECUCIÓN DE UN FIN DEL CUAL LOS ACTORES INVOLUCRADOS EXTRAEN BENEFICIOS TAMBIÉN DISTINTOS PERO QUE SON EVALUADOS POR CADA UNO COMO POTENCIALMENTE POSIBLES Y COMPENSATORIOS RESPECTO DE UNA ACTITUD PASIVA FRENTE AL TEMA.
EN LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD CIUDADANA CONVIENE DISTINGUIR ENTRE LOS MIEDOS, LA INSEGURIDAD SUBJETIVA, EL SENTIMIENTO DE VULNERABILIDAD POR UNA PARTE Y LA EXISTENCIA DE FOCOS DE VIOLENCIA, DE COACCIÓN, DE DELINCUENCIA SOBRE PERSONAS Y BIENES EN EL ESPACIO PÚBLICO Y EN LA COTINEIDAD URBANA. EN PRIMER CASO SE REQUIEREN POLÍTICAS SOCIALES Y CULTURALES DE APOYO CONJUNTO, ACTUACIONES SOBRE EL ESPACIO PÚBLICO DE MANTENIMIENTO Y MEJORA, FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN Y LA COOPERACIÓN CIUDADANA, PROGRAMAS ESPECÍFICOS TANTO DIRIGIDOS A LOS GRUPOS MÁS VULNERABLES, PERSONAS MAYORES, NIÑOS, MUJERES SOLAS, ETC, COMO A LOS PERCIBIDOS COMO PELIGROSOS, DROGODEPENDIENTES, BANDAS JUVENILES, ETC. EN EL SEGUNDO CASO LA ACCIÓN PÚBLICA DEBE CARACTERIZARSE POR LA PROXIMIDAD, LA INMEDIATEZ, LA EFICACIA, LA COOPERACIÓN CIUDADANA Y LA REPARACIÓN Y SANCIÓN VISIBLES Y GARANTIZADAS. PERO ESTAS RESPUESTAS DEBEN MODULARSE EN CADA CASO, SEGÚN EL TIPO DE COMPORTAMIENTO GENERADOR DE INSEGURIDAD Y EL PERFIL DE LAS PERSONAS IMPLICADAS.

AL CONMEMORAR UN AÑO MAS DE LA DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS, EL DERECHO A LA SEGURIDAD ES UN DERECHO FUNDAMENTAL, PARA TODOS. PERO LA ACEPTACIÓN DE LA CUALIDAD DE LA CIUDAD COMO REFUGIO, COMO ÁMBITO PROTECTOR, DE SUPERVIVIENCIA, PARA COLECTIVOS VULNERABLES, PARA ALLEGADOS PROCEDENTES DE LUGARES MÁS INSEGUROS, TAMBIÉN ES UN ELEMENTO CONSTITUTIVO DE NUESTRAS CIUDADADES. EN FIN LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD NO ES LA PROTECCIÓN DE UNA PARTE A COSTA DE LA MARGINACIÓN Y CRIMINALIZACIÓN DE OTRAS, SINO LA INTEGRACIÓN O INCLUSIÓN DE LA TOTALIDAD DE LA INMENSA MAYORÍA, LA CONSTRUCCIÓN PERMANENTE DE PAUTAS DE CONVIVENCIA COMPARTIDAS Y LA PRIMACIÍA DE LA PREVENCIÓN, LA REPARACIÓN Y LA SANCIÓN CON VOCACIÓN REINSERTADORA SOBRE LA REPRESIÓN VENGATIVA TAN SIMPLE COMO POCO EFICAZ PARA CREAR UN AMBIENTE PROTECTOR.

SEÑORAS Y SEÑORES

jueves, 10 de junio de 2010

¡LIBERTAD DE EXPRESION Y COMUNICACION!

Por Carlos Bustamante Salvador
Derecho innato e inalienable del ser humano en peligro de subsistencia, que la mayoría de la Comisión especial de comunicación de la Asamblea Nacional, a través de una ley controversial, anárquica, pretende silenciar al ciudadano y a los medios de comunicación desinstitucionalizando y dividiendo aún más al país. La ley como expresión de la voluntad de la mayoría, jamás podrá denigrar y callar el pensamiento humano, su redacción será clara, precisa, sin subterfugios, no coercitiva y limitante, permitirá la autorrealización de los comunicadores y de los medios que ceñidos estrictamente en la ética, informarán de manera veraz, sin sensacionalismo ni bandera política la verdad así como rechazaran al despotismo y la tiranía.

Juan Montalvo dijo: ““Entre las invenciones de los tiempos modernos, el periodismo es una de las que más ha contribuido para la civilización y el adelanto del género humano”, “El gobernante que no permite hablar ni escribir es tirano; el pueblo que no puede ni uno ni otro, esclavo”.