jueves, 29 de octubre de 2026


EL CANIBALISMO INSTITUCIONAL: EL DERECHO PENAL COMO ARMA Y EL PARLAMENTO COMO CIRCO 


El Ecuador habita una ficción democrática. Detrás de la fachada de la Constitución de 2008, lo que opera hoy es un desmantelamiento sistemático del Estado de derecho, donde las instituciones no sirven para limitar al poder, sino para triturar al adversario. El uso generalizado del aparato penal y la degradación del control legislativo nos han conducido a un escenario peligroso: el tránsito definitivo hacia un Estado policiaco y punitivista, donde el debido proceso es un lujo del pasado.

La independencia judicial en el país ha muerto de inanición. El artículo 168 de la Constitución, que prohíbe taxativamente la injerencia en la función judicial, es ignorado a diario desde Carondelet. Cuando altos voceros de la Administración Pública dictan directrices públicas sobre a quién investigar o celebran allanamientos antes de que exista una imputación formal, la Fiscalía General del Estado deja de parecer un órgano autónomo (Art. 194 CE) y se asemeja más a un brazo ejecutor del Ejecutivo.

Bajo esta lógica, la presunción de inocencia (Art. 76.2 CE) ha sido derogada de facto por el tribunal del Twitter y la televisión. El uso de la prisión preventiva ya no responde a los criterios de excepcionalidad reforzada dictados por la Corte Constitucional (Sentencia 8-20-CN/21), sino que se aplica como una condena exprés y mediática. Se detiene para investigar, se exhibe para linchar y se sentencia antes de juzgar. Es el Derecho Penal del Enemigo aplicado con precisión quirúrgica en pleno año electoral.

A este naufragio institucional se suma una Asamblea Nacional que padece una profunda anemia intelectual y ética. Incapaz de legislar con rigor, el Parlamento ha decidido mutar en un circo inquisitorial. La reciente pretensión de comisiones legislativas de auditar patrimonios y fiscalizar de forma directa a alcaldes y prefectos no es solo una muestra de ignorancia jurídica; es una flagrante usurpación de funciones.

El diseño competencial del artículo 120.9 de la Constitución limita el control político de la Asamblea a la función ejecutiva y de control central. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) gozan de autonomía (Art. 238 CE) y sus fiscalizadores legítimos son sus propios concejos cantonales y provinciales, bajo las reglas del COOTAD. Cuando los asambleístas juegan a ser auditores forenses, ignoran que la determinación de enriquecimientos ilícitos corresponde exclusivamente a la Contraloría y a la Fiscalía. El resultado es un mamotreto político: "semáforos patrimoniales" legislativos que dan luz verde a políticos que horas después terminan presos por lavado de activos. El ridículo técnico es total.

El gran drama del Ecuador contemporáneo es que la justicia ha perdido su balanza y se ha quedado solo con la espada. Si la fiscalización se reduce al chantaje y el proceso penal a la proscripción, la democracia se vacía de contenido. Las próximas elecciones de noviembre no se tratarán de elegir partidos, sino de rescatar los límites del poder estatal. Cuando las garantías constitucionales se destruyen para atacar al enemigo político, se pavimenta el camino para que, eventualmente, el ius puniendi nos devore a todos. El silencio ante la arbitrariedad de hoy es la complicidad de nuestra indefensión de mañana.

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