POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR DESARTICULADA
En este apartado trataré el tema policial, institución que por sus características constitucionales y de formación es la responsable de la seguridad y control interno del país. Policía Nacional que a partir del año 2010, específicamente de enero del año 2011, fuera violentada en su estructura orgánica y legal.
No se trata de incrementar el numérico de personal policial para optimizar la seguridad, se trata de reformar su formación académica, operacional, logística, desconcentrando y descentralizando sus actividades, asegurando su presencia real y efectiva, realizando prevención e inteligencia. De esta manera la seguridad será efectiva, rescatando la convivencia ciudadana y apoyando una cultura de paz.
ANTECEDENTES
1. La seguridad como tema integral comprende desde el aire que respiramos hasta el territorio y la convivencia ciudadana, restaurando los valores morales, éticos y de patria, fortaleciendo la calidad de ciudadano y pensamiento democrático.
2. El país se encuentra des-institucionalizado por lo que es necesario fortalecer el Estado jurídica y operativamente, verbigracia la Policía Nacional del Ecuador, que de manera arbitraria fue arrebatada su autonomía y representación judicial y extrajudicial con la expedición del Decreto Ejecutivo 632, del 11 de enero del 2011, violentando el orden jerárquico constitucional.
3. Con la vigencia del Decreto Ejecutivo 632 de enero del 2011 se rompió ese orden jerárquico, cuando esta norma jurídica de carácter administrativo que se encuentra en los niveles más bajos, conforme a la pirámide de Kelsen, irrumpió en el ordenamiento jurídico de la institución policial, alteró la Ley Orgánica y de Personal, generando una serie de efectos jurídicos que la institución encargada de la seguridad pública se ve en la obligación de enfrentar y dar solución, puesto que, gran parte de estos efectos jurídicos tienen que ver con ingentes indemnizaciones producto de esta errónea introducción de normas al ordenamiento jurídico de la Policía Nacional. Evidenciándose así una inobservancia absoluta de los artículos 424 y 425 de la Constitución del 2008, que trata de la jerarquía normativa en la legislación ecuatoriana.
4. Luego de seis años cinco meses, junio del 2017, se promulga el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP), incluyendo dentro de estas organizaciones a la Policía Nacional como una más, desconociendo su misión, visión, profesionalización e historia. Código Orgánico que tiene por objeto regular la organización, funcionamiento institucional, regímenes de carrera profesional y administrativo – disciplinario del personal de las entidades de seguridad ciudadana y orden público, causando indisciplinas en el comportamiento ciudadano de los policías, quienes se encuentran con procesos judiciales de deudas contraídas en cooperativas y bancos, que por situación económica paupérrima no cancelan sus obligaciones contraídas.
5. Mediante Decreto Ejecutivo 381 de 30 de marzo de 2022, el señor Guillermo Lasso Mendoza, Presidente Constitucional de la República del Ecuador, dispone en su Art. 1, “Escíndase del Ministerio de Gobierno, el Viceministerio del Interior y créese el Ministerio del Interior, como organismo de derecho público, con personalidad jurídica dotado de autonomía técnica, administrativa, operativa y financiera, encargado de formular las políticas para seguridad ciudadana, protección interna y orden público”. Artículo 3, literales f, g y h, atentan gravemente la institucionalidad y profesionalismo de la Policía Nacional, retirando ipso facto su autonomía y representación judicial y extrajudicial, calificándola como una institución incompetente para regular su manejo autónomo.
6. En el gobierno del señor Mgtr. Daniel Noboa Azin, se lesiona gravemente el orden jerárquico de la Policía Nacional, al expedir el Decreto Ejecutivo 194 de 11 de marzo de 2024, que en su artículo 1 dice: “Otorgar el grado policial de General Superior de Policía, al señor Comandante de Policía General de Distrito, César Augusto Zapata Correa, con sujeción a la disposición general Décima Séptima del Reglamento General Sustitutivo al Reglamento de Carrera Profesional para los Servidores policiales”. Lesionado el orden jerárquico constitucional, artículo 424 de la Constitución de la República.
7. Mediante Decreto Ejecutivo 354 de 08 de agosto de 2024, en su artículo 1, el señor Presidente de la República, agradece las funciones desempeñadas y servicios brindados por el señor General Superior César Zapata Correa, disponiendo su relevo natural y cese de funciones; artículo 2, designa al señor General de Distrito Víctor Hugo Zárate Pérez como Comandante General de la Policía Nacional; y, en el artículo 3, trastoca nuevamente, el orden jerárquico, representatividad institucional y seguridad jurídica en el instante que manifiesta: “Los servidores policiales de grado de generales de mayor antigüedad del designado Comandante General, continuarán en el ejercicio de sus funciones”.
8. La justicia restaurativa se entiende como una evolución del sistema de justicia penal, en lo sustantivo y adjetivo. Si bien toma en cuenta a la víctima, se ocupa sobre manera del delincuente, en todas sus etapas, desde la prevención del delito, hasta la ejecución de las penas y las medidas de seguridad. En tal sentido, analiza y enriquece la noción de justicia, que se traslada de la represión a la restauración. Desde esta perspectiva, el cambio de los protagonistas directos o indirectos del conflicto penal es posible, y por lo tanto plantear la justicia restaurativa como un epicentro de todos los valores en la Policía Comunitaria, convierte al profesional en un intérprete de cultura, de los usos, de las costumbres y de los diversos modos de ver la realidad, según el contexto y las circunstancias en que se emplea la mediación policial.
9. La mediación policial es un sensible y delicado trabajo de intervención comunitaria que depende de la integridad y pulcritud del profesional porque llegan a una convergencia armónica de la formación institucional, (sustentados en el ordenamiento jurídico), del desempeño personal (bajo los preceptos éticos) y de las necesidades de la comunidad (según los intereses y motivos de las partes en conflicto). Mediar es facilitar que convivan valores e intereses diversos, e incluso divergentes entre sí.
10. La presencia del artículo 416.6 en la Constitución de la República, referente a la ciudadanía universal, y haber retirado a la Policía Nacional el control migratorio, permitió el ingreso de ciudadanos de diferente nacionalidad muchos de ellos con pasado judicial, terrorismo, narcotráfico.
11. La Policía Nacional como Institución fundamental del Estado con una trayectoria muy amplia de servicio a la sociedad ecuatoriana en todas las áreas de su competencia, reconocida internacionalmente como un cuerpo colegiado de honor, requiere desconcentrar y descentralizar sus acciones operativas, fortaleciendo con presencia en las Unidades de Policía Comunitaria.
12. Mantener a las fuerzas del orden con operativos conjuntos continuos en diversos lugares de la república, agotan física, intelectual y psicológicamente, con repercusiones estresantes que repercuten a lo largo de la trayectoria profesional, identificando signos de agotamiento progresivo, desmotivación y agresividad (síndrome de Burnout)
ACCIONES
- Redactar y/o reformar la Ley Orgánica, de Personal y Disciplina de la Policía Nacional de 1998. Proyecto de Ley que se presentará a la Asamblea Nacional para su aprobación, reintegrando la autonomía y representación judicial y extrajudicial a la Institución, derogando el Libro Primero del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, para lo cual se conformará una mesa de trabajo integrada por la Policía, academia y profesionales del derecho.
- La presencia de la Policía Nacional en las vías y en el control del tránsito, por su experiencia probada, facilitaría la prevención de delitos y con su intervención oportuna se controlaría las incivilidades ciudadanas. Es necesario repensar en un proyecto que eliminaría la presencia de los Agentes de Tránsito, o, a su vez se los convertiría en Policía Metropolitana, previa evaluación individual y formación bajo control de la Policía Nacional. Por lo tanto su misión y visión se direcciona a prevención, inteligencia e intervención en incivilidades ciudadanas. Proyecto que se presentaría a la Asamblea Nacional para su aprobación.
- Desconcentrar y descentralizar la administración y operatividad policial, con presencia real y efectiva en barrios y comunidades en las Unidades de Policía Comunitaria, que se encuentran abandonadas y sin atención.
- Dotar de logística, movilización, uniformes a la Policía Nacional, lo que permitirá la presencia efectiva, real en prevención e inteligencia, patrullaje motorizado y a pie constante en cada zona de responsabilidad, asegurando una cultura de paz y convivencia ciudadana.
- Facilitar la suscripción del Convenio ODR Ecuador y Policía Nacional, que permitirá a los miembros policiales resolver con equidad los conflictos individuales comunitarios, vecinales a través de la mediación como procedimientos alternativos de solución.
- Reestructurar Asuntos Internos con personal calificado e idóneo, que investigará todos los actos de indisciplina institucional y ciudadana, sancionando y desvinculando a todos los elementos de conducta inmoral que registran procesos judiciales en el SATJE del Consejo de la Judicatura por deudas económicas y violencia intrafamiliar.
- La corrupción en todas sus formas se manifiesta por la pauperización en la que se encuentran los policías activos y pasivos, quienes por la necesidad de mantener su familia y de cubrir gastos económicos altos por enfermedades crónicas, son utilizados para cometer hechos antijurídicos, por lo que es necesario revisar y actualizar los sueldos y pensiones de los policías activos y pasivos que desde el año 2011.no han sido revisados.
- Reestructurar, desconcentrar y descentralizar la operatividad policial y su presencia constante y efectiva, controlando el tránsito y migración, recuperará la confianza ciudadana y la prevención del delito será efectiva.
La Policía Nacional del Ecuador, institución de servicio a la ciudadanía no puede continuar siendo manipulada al vaivén de los gobiernos y políticos, su independencia y autonomía constituyen su honor y entrega a la patria.
Abg. Carlos Eduardo Bustamante Salvador
FA-CJ-17-2013-353 / CAP 13931
Mediador ODR-E 177-2022
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