Por: Carlos Bustamante Salvador
El sentimiento de seguridad o inseguridad y la propia seguridad de los ciudadanos se construye o destruye por la propia conducta de quienes conforman el sistema penal. La solución jamás podrá ser una represión indiscriminada, propia de los estados autoritarios o policíacos, una política criminal debe centrar su accionar en la prevención.
La formulación de normas penales es uno de los instrumentos de la política criminal, pero no es el único, junto a ello también están las formas procesales, la organización de la justicia, su rapidez, su transparencia, la prevención, la reforma policial, la articulación con otras políticas de estado y el desarrollo de políticas sociales. El tema de la seguridad es integral.
Lograr una tolerancia cero, a través del orden en las calles, pueden acarrear más violencia, riesgos e inseguridad. Una política criminal clara, objetiva y a largo plazo, coadyuvada de un instrumento que legitime la gestión policial y de una profunda articulación con otras políticas sociales a diferentes niveles de gobierno (nacional, provincial y local), permitirá proporcionar recursos para el mejoramiento de la calidad del lazo social. La implementación de mecanismos participativos y autogestión de resolución de conflictos, privilegiando la mediación, en barrios con altos índices de violencia es un mecanismo eficaz tanto para una resolución democrática y pacífica de los conflictos, como también para promover la reconstrucción de vínculos sociales que la exclusión económica y social deterioró.
La acción penal de la policía se debe ceñir de modo estricto al principio de la legalidad, que implica el respeto del derecho a la vida, a la integridad personal, a las garantías constitucionales y al debido proceso judicial. La policía no puede hacer uso de un poder propio. El Código de Ética de la misma debe contener como norma el siguiente precepto: “todos los actos de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben estar sujetos al escrutinio público, ya sea ejercido por una junta examinadora, un ministerio, una fiscalía, el poder judicial, un comité de ciudadanos o cualquier combinación de estos”.
NO ES POSIBLE VIVIR ACUMULANDO MÚLTIPLES EXPERIENCIAS SIN DARLAS A CONOCER, SIN EGOÍSMO, SIN RESISTENCIA; CONFESARSE ES LIBERARSE, ES UNA SANGRÍA ESPIRITUAL QUE ALIVIA LA HIPERTENSIÓN DEL ALMA Y HACE MÁS TOLERANTE EL DURO VIVIR.
domingo, 30 de noviembre de 2008
lunes, 17 de noviembre de 2008
POLITICA CRIMINAL Y SEGURIDAD CIUDADANA
Por Carlos Bustamante Salvador
Por lo general, la actitud tradicional, que es la vigente en la estructura jurídico-penal sustantiva y procesal se pone de manifiesto, en la simple y aislada forma de abordar temas, aspectos, asuntos o capítulos; lo que determina el que se realicen enfoques unilaterales que terminan por ser arbitrarios.
Estamos acostumbrados a desarrollar temas, como por ejemplo el plagio, el narcotráfico, el homicidio, la corrupción; o, abordar aspectos como la oralidad, la celeridad en el trámite procesal, la prueba, los recursos, etc. Mientras que la naturaleza del área del conocimiento que se relaciona con la conducta humana, determina que para la efectividad y objetividad, deba ser un contexto el que constituya motivo de análisis, para en función de ese entorno ubicar cualquier singularidad. Nunca la parte puede ser concebida a través de sí misma, sino que es la expresión de realidades integrales.
La concepción jurídico-penal, en cualquier plano en que nos ubiquemos, está siempre alrededor de enfoques integrales; es lo que técnicamente se denomina "integración funcional", tanto con respecto a la diversidad de disciplinas ubicadas en la misma área, como a orientaciones ideológicas, generalmente concebidas dentro de tendencias universales.
Delmás - Marty manifiesta que "la política criminal es el conjunto de métodos, por medio de los cuales el cuerpo social, organiza las respuestas al fenómeno criminal". Criterio que permite el que la estructura legislativa en materia penal, sea la expresión de la política criminal de un Estado, constituyéndose en fundamento que permita una oportuna respuesta al fenómeno criminal.
El ubicarla dentro de tal nivel es lo que da lugar para que tal legislación sea al mismo tiempo la expresión de la realidad criminal, en un momento determinado; el fenómeno delictivo, en una sociedad, no es el mismo, puesto que va adquiriendo caracteres diversos de conformidad con las circunstancias históricas que se ponen de manifiesto.
Es la legislación penal la precisamente encargada de generar y ubicar al fenómeno criminal, puesto que es única y exclusivamente la ley penal la que señala a la conducta humana como delictiva, con lo cual, concomitantemente, responde la ley penal, a las características y proyecciones que tal fenómeno criminal adquiera en la sociedad.
En el derecho penal sustantivo se deben regular las teorías de la ley penal, del delito y de la pena; y, actualizar al fenómeno criminal al señalar las figuras delictivas que se van produciendo. Al mismo tiempo se precisa también la configuración de un sistema procesal, que a la vez que prevea un trámite ágil y eficiente, establezca los órganos de control social para la adecuada y oportuna investigación del delito y acertado juzgamiento.[1]
Si se concibe a la política criminal como una estrategia para enfrentar el fenómeno de la criminalidad, que como toda política pública se integra con presupuestos de los que se parte, objetivos que se pretenden alcanzar e instrumentos idóneos para conseguir estos últimos, el Ecuador no ha contado con una verdadera política criminal.
Desde luego, no ha existido estrategia alguna coherente en esta materia, que partiendo de presupuestos criminológicos, dogmáticos y político criminales claros, haya propuesto conseguir determinados objetivos mediante el diseño e implementación de los correspondientes instrumentos político criminales.
La errónea creencia en la eficacia del rigor penal produce diversos efectos humanos y sociales negativos, entre los que cabe destacar los siguientes:
Ø Sufrimientos inútiles, los que, además, son distribuidos inequitativamente en la población, recayendo, en forma abrumadoramente mayoritaria, sobre los sectores más desprotegidos, que son los que resultan más vulnerables a la intervención del sistema penal;
Ø Se crea la ilusión (a manera de un falso tranquilizante) de que la mayor represividad es un instrumento idóneo para controlar la criminalidad, confianza peligrosa que obstaculiza o dificulta la adopción de otras medidas de diverso orden que sí podrían contribuir a avanzar en la solución del problema; y, por último,
Ø El rigor penal excesivo del sistema penal tiene carácter criminógeno, es decir, contribuye a la generación y reproducción de la criminalidad.
Los delitos afectan algunos de los más importantes derechos de las personas, cuya protección constituye un deber del estado impuesto tanto por la Constitución como por los tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en el país. De ahí que surja a la vez el deber del estado de desarrollar una política criminal eficaz dirigida a la prevención y sanción de la criminalidad.
Debe tenerse presente que el sistema penal es sólo uno de los instrumentos (de última ratio) de que disponen el estado y la sociedad para enfrentar el fenómeno de la criminalidad. Un instrumento que, por lo demás, llega demasiado tarde, por lo que el énfasis debe estar puesto en el diseño e implementación de políticas públicas de carácter preventivo relacionadas con las variadas áreas del quehacer social (económicas, educacionales, capacitación, familiares, urbanas, recreación, entre otras) que tienen incidencia en el fenómeno de la delincuencia.
El sistema penal posee limitaciones, por lo que habrá que utilizarlo adecuadamente y no hacerse falsas expectativas. En este sentido hay que destacar que el objetivo del sistema penal no es la erradicación o supresión de la delincuencia, sino que uno más modesto, su disminución, o cuando menos, su control.
El delito es un fenómeno inevitable como la enfermedad y la muerte, consecuencia de la imperfección de la sociedad y del ser humano. La sociedad debe, por tanto, acostumbrarse a vivir con una dosis inevitable de criminalidad, sin perjuicio, por cierto, de hacer los máximos esfuerzos compatibles con las garantías penales propias de un estado de derecho para disminuirla en la medida de lo posible. (Cabe observar a este respecto que la única doctrina que ha planteado como meta utópica la supresión de la delincuencia es el marxismo ortodoxo, por cuanto, de acuerdo con dicha posición, la ideal conformación de las relaciones sociales que se alcanzaría con el comunismo haría desaparecer las contradicciones que originan la delincuencia).[2]
Bases de una política criminal:
1. Fundamentar científicamente la política criminal, que permita realizar diagnósticos adecuados, establecer prioridades y orientar ordenadamente la inversión de los recursos del sistema penal, racionalizando su uso, a fin de obtener un óptimo aprovechamiento.
2. Realizar auditorías de personal, fortalecer y capacitar la Policía Judicial a fin de reducir los elevados índices de impunidad, que representan una de las mayores falencias del sistema, y contribuyen en importante medida a la inseguridad ciudadana. Una Policía Investigativa idónea, saneada internamente, cumple no sólo la función represiva sino una preventiva eficaz.
3. Acatar y cumplir con la unidad jurisdiccional, el sistema judicial policial debe ser administrado por la justicia común, sancionando los actos de corrupción, separando de la Institución Policial los malos elementos en todas las jerarquías.
4. Efectuar una reingeniería de la Policía Nacional, la que tendrá bajo su responsabilidad los servicios de: Antinarcóticos, Policía Judicial, Migración, Antisecuestros y Extorsión, Policía Comunitaria y el Grupo de Intervención y Rescate. Los servicios de tránsito y control del medio ambiente pasarán a responsabilidad de los Municipios, así como el control de cárceles a la Dirección Nacional de Rehabilitación Social.
5. Perfeccionar y descentralizar el sistema judicial y penal, con el fin de prevenir sus posibles efectos criminógenos y sancionar con celeridad las infracciones y delitos, con trabajo comunitario o prisión, privilegiando la mediación en la solución de conflictos; la racionalización del sistema penal, depende de la voluntad política, la sociedad no demanda mayores normas sino resultados a más corto plazo.
6. Proteger adecuadamente a la víctima, respetándole su dignidad (evitando en particular la victimización secundaria que sufre a manos del propio sistema), asistiéndola efectivamente, informándola de sus derechos y de la marcha del proceso e incentivándola a cooperar con la investigación.
7. Establecer un modelo democrático racional y limitado, fundamentado en los principios de legalidad, certidumbre y respeto de la dignidad y derechos humanos.
La política criminal, que es una de las políticas del Estado, diseña el ejercicio de la violencia estatal, siendo el modo como el Estado haga uso del poder en este ámbito uno de los indicadores de la debilidad o de la profundidad del sistema democrático en una determinada sociedad y nos mostrará, o no, el grado de respeto a la dignidad de todas las personas y el grado de tolerancia a lo diverso, que es lo que caracteriza a una verdadera sociedad democrática.
En nuestro país, desde el advenimiento de la democracia no se ha formulado una verdadera política criminal para la democracia, existiendo en torno a las respuestas carentes de coherencia y que han consistido en actos espasmódicas frente a determinados sucesos, ante los cuales se ha respondido predominantemente con la hipertrofia del derecho penal, reformando las leyes penales o procesales aisladamente del conjunto del sistema, es decir, del proceso, de la ejecución de la pena y de la prevención.
Existen entonces, de modo general, dos enfoques frente al tema penal: uno de rasgos autoritarios, lo que se conoce como “mano dura”, que propugna dejar de lado las garantías constitucionales en aras de una supuesta “eficiencia” y que hace aparecer como si el tema de la seguridad se solucionara agravando penas y procedimientos, otorgando más facultades a la Policía.
Así, frente al fenómeno criminal, postula una supuesta mayor “eficiencia” y se hace aparecer al sistema penal y a las garantías y principios constitucionales como causantes de “ineficacia” en la respuesta frente al delito. Propugnando el endurecimiento de las penas y realizando operativos policiales de impacto en contra de las personas utilizadas para el comercio ilegal de lo sustraído, identificando como causa de la inseguridad ciudadana al sistema penal, olvidando negligentemente la prevención, responsabilidad de la Policía Nacional, impulsando medidas claramente desequilibradas en un sentido punitivo y que la experiencia ha demostrado que no han dado los resultados que se le asignan, y que más contribuyen al debilitamiento del Estado de Derecho.
Los hechos delictivos se manifiestan de muchas formas, desde la delincuencia común tradicional compuesta principalmente por delitos contra el patrimonio, contra la vida y contra la integridad personal, pasando por algunas formas organizadas de delincuencia común, entre ellas determinadas actividades de las pandillas juveniles y algunas bandas delictivas dedicadas en mayor medida al robo y otros delitos patrimoniales, a ello se añadiría verdaderas formas de crimen organizado como el hurto y robo de vehículos, el contrabando, el narcotráfico, las grandes defraudaciones financieras, la corrupción y los secuestros.
A pesar de la complejidad y profundidad de esta problemática, hasta la fecha nuestro país no cuenta con medidas sistemáticas, coherentes, sostenibles y eficientes para enfrentarla. No existen políticas públicas claramente definidas para abordar la violencia y la criminalidad. Más bien las respuestas estatales se han caracterizado por ser reactivas, dispersas, contradictorias y vinculadas más a intereses de marketing político que a la búsqueda de soluciones eficientes.
En consecuencia, es imperativo profundizar espacios de participación ciudadana en los asuntos de la seguridad ciudadana y la política criminal, para que su diseño, ejecución, control y evaluación no sean patrimonio exclusivo de los gobernantes y de los sectores sociales económicamente poderosos, sino también de la sociedad en general y de organizaciones sociales en particular, con el fin de que se puedan propuestas de solución alternativas a la criminalidad, basadas en el respeto de los principios del Estado Constitucional de Derecho y los derechos humanos.
[1] BUCHELI M Rodrigo, Conferencia dictada el 27 VII 1995 en el ciclo intitulado "Una Nueva Normativa Penal Sustantiva y el Sistema Acusatorio en el Derecho Adjetivo". Dentro del proyecto patrocinado por el Instituto Latinoamericano de Naciones Unidas para la Prevención de Delito y Tratamiento del Delincuente Seminario "Hacia la Justicia Penal del siglo XXI".
[2] LARRANDART Lucila, Política Criminal
Por lo general, la actitud tradicional, que es la vigente en la estructura jurídico-penal sustantiva y procesal se pone de manifiesto, en la simple y aislada forma de abordar temas, aspectos, asuntos o capítulos; lo que determina el que se realicen enfoques unilaterales que terminan por ser arbitrarios.
Estamos acostumbrados a desarrollar temas, como por ejemplo el plagio, el narcotráfico, el homicidio, la corrupción; o, abordar aspectos como la oralidad, la celeridad en el trámite procesal, la prueba, los recursos, etc. Mientras que la naturaleza del área del conocimiento que se relaciona con la conducta humana, determina que para la efectividad y objetividad, deba ser un contexto el que constituya motivo de análisis, para en función de ese entorno ubicar cualquier singularidad. Nunca la parte puede ser concebida a través de sí misma, sino que es la expresión de realidades integrales.
La concepción jurídico-penal, en cualquier plano en que nos ubiquemos, está siempre alrededor de enfoques integrales; es lo que técnicamente se denomina "integración funcional", tanto con respecto a la diversidad de disciplinas ubicadas en la misma área, como a orientaciones ideológicas, generalmente concebidas dentro de tendencias universales.
Delmás - Marty manifiesta que "la política criminal es el conjunto de métodos, por medio de los cuales el cuerpo social, organiza las respuestas al fenómeno criminal". Criterio que permite el que la estructura legislativa en materia penal, sea la expresión de la política criminal de un Estado, constituyéndose en fundamento que permita una oportuna respuesta al fenómeno criminal.
El ubicarla dentro de tal nivel es lo que da lugar para que tal legislación sea al mismo tiempo la expresión de la realidad criminal, en un momento determinado; el fenómeno delictivo, en una sociedad, no es el mismo, puesto que va adquiriendo caracteres diversos de conformidad con las circunstancias históricas que se ponen de manifiesto.
Es la legislación penal la precisamente encargada de generar y ubicar al fenómeno criminal, puesto que es única y exclusivamente la ley penal la que señala a la conducta humana como delictiva, con lo cual, concomitantemente, responde la ley penal, a las características y proyecciones que tal fenómeno criminal adquiera en la sociedad.
En el derecho penal sustantivo se deben regular las teorías de la ley penal, del delito y de la pena; y, actualizar al fenómeno criminal al señalar las figuras delictivas que se van produciendo. Al mismo tiempo se precisa también la configuración de un sistema procesal, que a la vez que prevea un trámite ágil y eficiente, establezca los órganos de control social para la adecuada y oportuna investigación del delito y acertado juzgamiento.[1]
Si se concibe a la política criminal como una estrategia para enfrentar el fenómeno de la criminalidad, que como toda política pública se integra con presupuestos de los que se parte, objetivos que se pretenden alcanzar e instrumentos idóneos para conseguir estos últimos, el Ecuador no ha contado con una verdadera política criminal.
Desde luego, no ha existido estrategia alguna coherente en esta materia, que partiendo de presupuestos criminológicos, dogmáticos y político criminales claros, haya propuesto conseguir determinados objetivos mediante el diseño e implementación de los correspondientes instrumentos político criminales.
La errónea creencia en la eficacia del rigor penal produce diversos efectos humanos y sociales negativos, entre los que cabe destacar los siguientes:
Ø Sufrimientos inútiles, los que, además, son distribuidos inequitativamente en la población, recayendo, en forma abrumadoramente mayoritaria, sobre los sectores más desprotegidos, que son los que resultan más vulnerables a la intervención del sistema penal;
Ø Se crea la ilusión (a manera de un falso tranquilizante) de que la mayor represividad es un instrumento idóneo para controlar la criminalidad, confianza peligrosa que obstaculiza o dificulta la adopción de otras medidas de diverso orden que sí podrían contribuir a avanzar en la solución del problema; y, por último,
Ø El rigor penal excesivo del sistema penal tiene carácter criminógeno, es decir, contribuye a la generación y reproducción de la criminalidad.
Los delitos afectan algunos de los más importantes derechos de las personas, cuya protección constituye un deber del estado impuesto tanto por la Constitución como por los tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en el país. De ahí que surja a la vez el deber del estado de desarrollar una política criminal eficaz dirigida a la prevención y sanción de la criminalidad.
Debe tenerse presente que el sistema penal es sólo uno de los instrumentos (de última ratio) de que disponen el estado y la sociedad para enfrentar el fenómeno de la criminalidad. Un instrumento que, por lo demás, llega demasiado tarde, por lo que el énfasis debe estar puesto en el diseño e implementación de políticas públicas de carácter preventivo relacionadas con las variadas áreas del quehacer social (económicas, educacionales, capacitación, familiares, urbanas, recreación, entre otras) que tienen incidencia en el fenómeno de la delincuencia.
El sistema penal posee limitaciones, por lo que habrá que utilizarlo adecuadamente y no hacerse falsas expectativas. En este sentido hay que destacar que el objetivo del sistema penal no es la erradicación o supresión de la delincuencia, sino que uno más modesto, su disminución, o cuando menos, su control.
El delito es un fenómeno inevitable como la enfermedad y la muerte, consecuencia de la imperfección de la sociedad y del ser humano. La sociedad debe, por tanto, acostumbrarse a vivir con una dosis inevitable de criminalidad, sin perjuicio, por cierto, de hacer los máximos esfuerzos compatibles con las garantías penales propias de un estado de derecho para disminuirla en la medida de lo posible. (Cabe observar a este respecto que la única doctrina que ha planteado como meta utópica la supresión de la delincuencia es el marxismo ortodoxo, por cuanto, de acuerdo con dicha posición, la ideal conformación de las relaciones sociales que se alcanzaría con el comunismo haría desaparecer las contradicciones que originan la delincuencia).[2]
Bases de una política criminal:
1. Fundamentar científicamente la política criminal, que permita realizar diagnósticos adecuados, establecer prioridades y orientar ordenadamente la inversión de los recursos del sistema penal, racionalizando su uso, a fin de obtener un óptimo aprovechamiento.
2. Realizar auditorías de personal, fortalecer y capacitar la Policía Judicial a fin de reducir los elevados índices de impunidad, que representan una de las mayores falencias del sistema, y contribuyen en importante medida a la inseguridad ciudadana. Una Policía Investigativa idónea, saneada internamente, cumple no sólo la función represiva sino una preventiva eficaz.
3. Acatar y cumplir con la unidad jurisdiccional, el sistema judicial policial debe ser administrado por la justicia común, sancionando los actos de corrupción, separando de la Institución Policial los malos elementos en todas las jerarquías.
4. Efectuar una reingeniería de la Policía Nacional, la que tendrá bajo su responsabilidad los servicios de: Antinarcóticos, Policía Judicial, Migración, Antisecuestros y Extorsión, Policía Comunitaria y el Grupo de Intervención y Rescate. Los servicios de tránsito y control del medio ambiente pasarán a responsabilidad de los Municipios, así como el control de cárceles a la Dirección Nacional de Rehabilitación Social.
5. Perfeccionar y descentralizar el sistema judicial y penal, con el fin de prevenir sus posibles efectos criminógenos y sancionar con celeridad las infracciones y delitos, con trabajo comunitario o prisión, privilegiando la mediación en la solución de conflictos; la racionalización del sistema penal, depende de la voluntad política, la sociedad no demanda mayores normas sino resultados a más corto plazo.
6. Proteger adecuadamente a la víctima, respetándole su dignidad (evitando en particular la victimización secundaria que sufre a manos del propio sistema), asistiéndola efectivamente, informándola de sus derechos y de la marcha del proceso e incentivándola a cooperar con la investigación.
7. Establecer un modelo democrático racional y limitado, fundamentado en los principios de legalidad, certidumbre y respeto de la dignidad y derechos humanos.
La política criminal, que es una de las políticas del Estado, diseña el ejercicio de la violencia estatal, siendo el modo como el Estado haga uso del poder en este ámbito uno de los indicadores de la debilidad o de la profundidad del sistema democrático en una determinada sociedad y nos mostrará, o no, el grado de respeto a la dignidad de todas las personas y el grado de tolerancia a lo diverso, que es lo que caracteriza a una verdadera sociedad democrática.
En nuestro país, desde el advenimiento de la democracia no se ha formulado una verdadera política criminal para la democracia, existiendo en torno a las respuestas carentes de coherencia y que han consistido en actos espasmódicas frente a determinados sucesos, ante los cuales se ha respondido predominantemente con la hipertrofia del derecho penal, reformando las leyes penales o procesales aisladamente del conjunto del sistema, es decir, del proceso, de la ejecución de la pena y de la prevención.
Existen entonces, de modo general, dos enfoques frente al tema penal: uno de rasgos autoritarios, lo que se conoce como “mano dura”, que propugna dejar de lado las garantías constitucionales en aras de una supuesta “eficiencia” y que hace aparecer como si el tema de la seguridad se solucionara agravando penas y procedimientos, otorgando más facultades a la Policía.
Así, frente al fenómeno criminal, postula una supuesta mayor “eficiencia” y se hace aparecer al sistema penal y a las garantías y principios constitucionales como causantes de “ineficacia” en la respuesta frente al delito. Propugnando el endurecimiento de las penas y realizando operativos policiales de impacto en contra de las personas utilizadas para el comercio ilegal de lo sustraído, identificando como causa de la inseguridad ciudadana al sistema penal, olvidando negligentemente la prevención, responsabilidad de la Policía Nacional, impulsando medidas claramente desequilibradas en un sentido punitivo y que la experiencia ha demostrado que no han dado los resultados que se le asignan, y que más contribuyen al debilitamiento del Estado de Derecho.
Los hechos delictivos se manifiestan de muchas formas, desde la delincuencia común tradicional compuesta principalmente por delitos contra el patrimonio, contra la vida y contra la integridad personal, pasando por algunas formas organizadas de delincuencia común, entre ellas determinadas actividades de las pandillas juveniles y algunas bandas delictivas dedicadas en mayor medida al robo y otros delitos patrimoniales, a ello se añadiría verdaderas formas de crimen organizado como el hurto y robo de vehículos, el contrabando, el narcotráfico, las grandes defraudaciones financieras, la corrupción y los secuestros.
A pesar de la complejidad y profundidad de esta problemática, hasta la fecha nuestro país no cuenta con medidas sistemáticas, coherentes, sostenibles y eficientes para enfrentarla. No existen políticas públicas claramente definidas para abordar la violencia y la criminalidad. Más bien las respuestas estatales se han caracterizado por ser reactivas, dispersas, contradictorias y vinculadas más a intereses de marketing político que a la búsqueda de soluciones eficientes.
En consecuencia, es imperativo profundizar espacios de participación ciudadana en los asuntos de la seguridad ciudadana y la política criminal, para que su diseño, ejecución, control y evaluación no sean patrimonio exclusivo de los gobernantes y de los sectores sociales económicamente poderosos, sino también de la sociedad en general y de organizaciones sociales en particular, con el fin de que se puedan propuestas de solución alternativas a la criminalidad, basadas en el respeto de los principios del Estado Constitucional de Derecho y los derechos humanos.
[1] BUCHELI M Rodrigo, Conferencia dictada el 27 VII 1995 en el ciclo intitulado "Una Nueva Normativa Penal Sustantiva y el Sistema Acusatorio en el Derecho Adjetivo". Dentro del proyecto patrocinado por el Instituto Latinoamericano de Naciones Unidas para la Prevención de Delito y Tratamiento del Delincuente Seminario "Hacia la Justicia Penal del siglo XXI".
[2] LARRANDART Lucila, Política Criminal
jueves, 6 de noviembre de 2008
REINGENIERIA POLICIAL
Por Carlos Bustamante Salvador
Ecuador necesita un nuevo esquema de Policía que subsane el actual que presenta una serie de falencias tales como la indefinición de la línea de mando, ambigüedad en las misiones, control civil precario y mecanismos de rendición de cuentas poco efectivos
La nueva forma de concebir la producción de seguridad deriva de la evolución de la delincuencia y de los comportamientos antisociales estrechamente ligados a un proceso de urbanización del mundo. En efecto hasta los años sesenta, la delincuencia en general había decrecido en forma lenta y el sistema de justicia criminal se mostraba generalmente capaz de resolver los problemas de inseguridad. A partir de este periodo, la sociedad de consumo y posteriormente la sociedad de exclusión tiende a generar un crecimiento de la delincuencia, particularmente urbana, frente al cual la respuesta tradicional es insuficiente.
Prácticamente todas las formas de delincuencia aumentan (delincuencia común, delitos de cuello blanco y corrupción, crimen organizado, etc.) y nuevas formas de violencia emergen (secuestros, pandillas, cybercrimen, comportamientos incívicos etc.) y violencias latentes son reconocidas y asumidas como la violencia intrafamiliar y la violencia escolar, la edad de entrada en la criminalidad disminuye y la delincuencia juvenil asume formas más violentas.
La Policía Nacional, cuenta actualmente con más de 38 servicios para la comunidad con un personal de aproximadamente 43.000 hombres, distrayendo sus funciones específicas que deben estar enfocadas a responsabilidades en áreas tales como la inteligencia, la lucha contra el secuestro y la extorsión, el terrorismo, el narcotráfico, la vigilancia del tránsito, policía judicial y migración. Así todo el elemento administrativo burocrático deberá pasar directamente a operativo, cubriendo estas funciones personal civil realmente necesario.
La aplicación adecuada de estas estrategias de seguridad, permitirá la consolidación a nivel profesional y el fortalecimiento de la institución proyectando una imagen positiva en el momento que se brinde un servicio eficiente, enmarcado en un trato humano, responsable y justo, conforme a lo que está establecido en la Constitución y las Leyes Policiales.
No solamente la seguridad ciudadana implica la participación de la comunidad sino que apunta también a la calidad de vida de los habitantes de una ciudad, a través de estrategias nacionales, regionales y locales de desarrollo sostenible.
Ecuador necesita un nuevo esquema de Policía que subsane el actual que presenta una serie de falencias tales como la indefinición de la línea de mando, ambigüedad en las misiones, control civil precario y mecanismos de rendición de cuentas poco efectivos
La nueva forma de concebir la producción de seguridad deriva de la evolución de la delincuencia y de los comportamientos antisociales estrechamente ligados a un proceso de urbanización del mundo. En efecto hasta los años sesenta, la delincuencia en general había decrecido en forma lenta y el sistema de justicia criminal se mostraba generalmente capaz de resolver los problemas de inseguridad. A partir de este periodo, la sociedad de consumo y posteriormente la sociedad de exclusión tiende a generar un crecimiento de la delincuencia, particularmente urbana, frente al cual la respuesta tradicional es insuficiente.
Prácticamente todas las formas de delincuencia aumentan (delincuencia común, delitos de cuello blanco y corrupción, crimen organizado, etc.) y nuevas formas de violencia emergen (secuestros, pandillas, cybercrimen, comportamientos incívicos etc.) y violencias latentes son reconocidas y asumidas como la violencia intrafamiliar y la violencia escolar, la edad de entrada en la criminalidad disminuye y la delincuencia juvenil asume formas más violentas.
La Policía Nacional, cuenta actualmente con más de 38 servicios para la comunidad con un personal de aproximadamente 43.000 hombres, distrayendo sus funciones específicas que deben estar enfocadas a responsabilidades en áreas tales como la inteligencia, la lucha contra el secuestro y la extorsión, el terrorismo, el narcotráfico, la vigilancia del tránsito, policía judicial y migración. Así todo el elemento administrativo burocrático deberá pasar directamente a operativo, cubriendo estas funciones personal civil realmente necesario.
La aplicación adecuada de estas estrategias de seguridad, permitirá la consolidación a nivel profesional y el fortalecimiento de la institución proyectando una imagen positiva en el momento que se brinde un servicio eficiente, enmarcado en un trato humano, responsable y justo, conforme a lo que está establecido en la Constitución y las Leyes Policiales.
No solamente la seguridad ciudadana implica la participación de la comunidad sino que apunta también a la calidad de vida de los habitantes de una ciudad, a través de estrategias nacionales, regionales y locales de desarrollo sostenible.
DEPURACION DE LA POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR
Por Carlos Bustamante Salvador
Los acontecimientos suscitados en la última década que involucran a los miembros Policiales en actos de corrupción, abusos de poder, narcotráfico, tráfico de órganos, violación de los derechos humanos y extorsión, son consecuencia de una administración de justicia propia, interna, administrada jerárquicamente por personal uniformado, paralela a la administración de justicia ciudadana, que flagrantemente viola y desconoce la unidad jurisdiccional.
La Constitución Política del Estado en su disposición transitoria vigésima sexta taxativamente determina: “Todos los magistrados y jueces que dependan de la Función Ejecutiva pasarán a la Función Judicial, mientras las leyes no dispongan algo distinto, se someterán a sus propias leyes orgánicas. Esta disposición incluye a los jueces militares, de policía y de menores”.
La Policía Nacional por su característica y misión fundamental de garantizar la seguridad interna y orden público se vincula directamente con la actividad protectora de la comunidad, recayendo sobre ella una doble función de control preventivo y represivo del actuar delictivo, por lo que no puede ni debe alejarse de manera sectaria y parcializada de la administración de justicia común.
La imagen institucional de la Policía Nacional cada día se ha degradado más, generando en la ciudadanía desconfianza e inseguridad. Por lo tanto es urgente que una institución independiente realice una auditoría de personal que permita determinar la conducta profesional y judicial de cada uno de sus integrantes, depurando y separando de sus filas definitivamente a quienes visten un uniforme al que deshonran y denigran con su procedimiento.
La ciudadanía requiere de uniformados con un alto espíritu de respeto a los derechos humanos que establezcan un adecuado equilibrio entre las Leyes y su acatamiento, que garanticen el orden público – jurídico e institucional del país.
La deslegitimación de la Policía Nacional en la última década, involucra a los miembros Policiales en actos de corrupción y abuso de poder; narcotráfico y tráfico de órganos; violación de los derechos humanos y extorsión; desprotección ciudadana y ausencia de supervisión; producto de una administración de justicia propia, interna, jerárquica que cumple órdenes, paralela a la administración de justicia ciudadana, que flagrantemente viola la Constitución y desconoce la unidad jurisdiccional.
La inestabilidad del personal, su selección desacertada; la precaria capacitación y equipamiento inadecuado; la ausencia de personal operativo en las ciudades; la incompetencia y negligencia de la policía comunitaria; y, la inequitativa distribución salarial entre oficiales y personal en servicio activo y pasivo, constituyen factores determinantes, urgentes de cambio de las políticas del mando, depuración interna y de reforma.
La reforma policial plantea la descentralización y desconcentración burocrática del personal, que los cuarenta y dos mil policías en todas las jerarquías cumplan con la misión y visión que la ciudadanía les entregó, esto es de seguridad interna y protección permanente en todo momento a las personas y los bienes.
Una administración cívica, con manejo civil de la institucionalidad permitirá la existencia de una policía de proximidad, responsable, operativa, democrática, que garantice el manejo transparente de la información pública, de manera que se facilite la efectiva participación ciudadana en la toma de decisiones de interés general; la rendición de cuentas y su fiscalización a través de las veedurías ciudadanas, cumplen con los mínimos presupuestos éticos y morales de transparencia que garantizan la vigencia del estado de derecho.
Los acontecimientos suscitados en la última década que involucran a los miembros Policiales en actos de corrupción, abusos de poder, narcotráfico, tráfico de órganos, violación de los derechos humanos y extorsión, son consecuencia de una administración de justicia propia, interna, administrada jerárquicamente por personal uniformado, paralela a la administración de justicia ciudadana, que flagrantemente viola y desconoce la unidad jurisdiccional.
La Constitución Política del Estado en su disposición transitoria vigésima sexta taxativamente determina: “Todos los magistrados y jueces que dependan de la Función Ejecutiva pasarán a la Función Judicial, mientras las leyes no dispongan algo distinto, se someterán a sus propias leyes orgánicas. Esta disposición incluye a los jueces militares, de policía y de menores”.
La Policía Nacional por su característica y misión fundamental de garantizar la seguridad interna y orden público se vincula directamente con la actividad protectora de la comunidad, recayendo sobre ella una doble función de control preventivo y represivo del actuar delictivo, por lo que no puede ni debe alejarse de manera sectaria y parcializada de la administración de justicia común.
La imagen institucional de la Policía Nacional cada día se ha degradado más, generando en la ciudadanía desconfianza e inseguridad. Por lo tanto es urgente que una institución independiente realice una auditoría de personal que permita determinar la conducta profesional y judicial de cada uno de sus integrantes, depurando y separando de sus filas definitivamente a quienes visten un uniforme al que deshonran y denigran con su procedimiento.
La ciudadanía requiere de uniformados con un alto espíritu de respeto a los derechos humanos que establezcan un adecuado equilibrio entre las Leyes y su acatamiento, que garanticen el orden público – jurídico e institucional del país.
La deslegitimación de la Policía Nacional en la última década, involucra a los miembros Policiales en actos de corrupción y abuso de poder; narcotráfico y tráfico de órganos; violación de los derechos humanos y extorsión; desprotección ciudadana y ausencia de supervisión; producto de una administración de justicia propia, interna, jerárquica que cumple órdenes, paralela a la administración de justicia ciudadana, que flagrantemente viola la Constitución y desconoce la unidad jurisdiccional.
La inestabilidad del personal, su selección desacertada; la precaria capacitación y equipamiento inadecuado; la ausencia de personal operativo en las ciudades; la incompetencia y negligencia de la policía comunitaria; y, la inequitativa distribución salarial entre oficiales y personal en servicio activo y pasivo, constituyen factores determinantes, urgentes de cambio de las políticas del mando, depuración interna y de reforma.
La reforma policial plantea la descentralización y desconcentración burocrática del personal, que los cuarenta y dos mil policías en todas las jerarquías cumplan con la misión y visión que la ciudadanía les entregó, esto es de seguridad interna y protección permanente en todo momento a las personas y los bienes.
Una administración cívica, con manejo civil de la institucionalidad permitirá la existencia de una policía de proximidad, responsable, operativa, democrática, que garantice el manejo transparente de la información pública, de manera que se facilite la efectiva participación ciudadana en la toma de decisiones de interés general; la rendición de cuentas y su fiscalización a través de las veedurías ciudadanas, cumplen con los mínimos presupuestos éticos y morales de transparencia que garantizan la vigencia del estado de derecho.
PROYECTO DE DESCENTRALIZACION, CREACION DE LOS CJI
PROYECTO DE DESCENTRALIZACIÓN Y DESCONCENTRACION DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO QUE PERMITIRA FORTALECER LA SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
CON LA CREACION DE LOS CENTROS INTEGRADOS DE JUSTICIA
C.J.I.
INTRODUCCION
Desde fin de los años 80 se habla de seguridad ciudadana o urbana según las regiones entendiendo a través de este concepto una nueva forma de coproducir la seguridad. En política de seguridad ciudadana juegan un rol muy importante las instituciones locales, estatales, organizaciones barriales y sociedad civil.
La seguridad ciudadana no solamente implica la participación de la comunidad sino que apunta a mejorar la calidad de vida de los habitantes de una ciudad.
El temor a la agresión de cualquier tipo conduce a paralizar la acción de los habitantes y erosiona el capital social en particular de los más pobres. Además el temor impide a segmentos de la población de apropiarse de la ciudad: las mujeres por miedo se quedan en casa, los espacios públicos son abandonados a traficantes o a las maras y los habitantes se refugian en sus casas detrás de rejas siempre más potentes y aislantes.
Por otra parte la seguridad ciudadana es percibida como estrechamente ligada a otras dimensiones sociales. No es una demanda ni una política aislada. El ciudadano que pide seguridad ciudadana pide paralelamente política urbana y política social de inclusión. En este sentido, la seguridad es una petición que cristaliza un conjunto de requerimientos sociales frente al riesgo y es al mismo tiempo transversal a las demandas sociales. Quien quiere una política educacional, de vivienda o de transporte pide que la seguridad este incorporada en ella.
El recurso de seguridad es transversal a muchas políticas es una demanda colectiva y no individual. El ciudadano exige seguridad para el y su familia pero también pide calidad de vida en los espacios públicos sean estos calles, plazas, transportes, escuelas, negocios, parques, cines etc. Pide sobre todo que la ciudad, o el espacio público, o su barrio estén seguros. En estos lugares el ciudadano quiere calidad de vida y no solo garantía contra ladrones o delincuentes comunes. Pide que el lugar sea agradable y funcional, que sea un lugar que tenga sentido en términos de vida ciudadana. Pide ciudad y no urbanización mediocre, caótica y segregacionista. De ahí también surge la relación muy estrecha entre seguridad ciudadana y política de la ciudad que no es solo prevención situacional. Sin calidad de vida en las urbes, es difícil construir seguridad.
El modelo político policial es extremadamente rígido, vertical y obsoleto en su accionar, hegemónico que no responde a las demandas ciudadanas y que más bien se distancia de la comunidad, no facilita flexibilidad y el trabajo policial no articula con la ciudadanía y el gobierno seccional.
En 1990, según fuentes del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo, la tasa de homicidios en Ecuador se ubica en 10 homicidios por cada cien mil habitantes. Esta misma tasa había crecido en un 40% para el año 1996, mientras que para el año 2005 legaba a 16 homicidios por cada mil habitantes. Si bien esta medida no es la más alta en la región andina, su incremento es preocupante. Paralelamente, la encuesta realizada por FLACSO en Quito, Guayaquil y Cuenca, en el año 2003, determina un aumento del robo y los asaltos a la propiedad y a las personas, factores que constituyen las mayores causas de temor e inseguridad en la ciudadanía. Si evaluamos las estadísticas de la Policía Judicial vemos que la tasa por delitos contra la propiedad subió desde el año de 1995 de 320 denuncias por cada cien mil habitantes a 471,5 en el año 1999, mostrando ligeros descensos en los siguientes años, hasta llegar a 369,5 en el año 2004.
DIAGNOSTICO
El Distrito Metropolitano de Quito, es un conjunto territorial de 422.802 hectáreas, localizado en un entorno majestuoso, rico y diverso, de múltiples contrastes en lo geográfico, ecológico y paisajístico. Es un sitio profundamente arraigado en una milenaria e inmensa densidad cultural; es asiento de importantes culturas aborígenes y lugar privilegiado de la colonización hispánica; es origen y continuidad histórica de la gesta de la Nación.
En el año 2.001, según el Censo Nacional, el Distrito Metropolitano albergaba una población de 1´842.201 habitantes, de los cuales 1'414.601 habitaba en el área urbana. Si a ello se suma la población de los cantones Rumiñahui y Mejía altamente integrados a Quito, el total de población del área de influencia directa del DMQ alcanza un total aproximado de 2 millones de habitantes.
Respecto de la distribución poblacional, de estos casi dos millones de habitantes, el 82% vive en las áreas urbanas. El 18% restante habita en las áreas suburbanas y rurales que forman parte del territorio del Distrito y de los cantones mencionados. La urbanización de la periferia ha generado descenso del crecimiento poblacional en el área central de Quito, un crecimiento de la población en la periferia interna y de los valles de Los Chillos, Tumbaco, Calderón y Pomasqui-San Antonio de Pichincha y del cantón Rumiñahui.
En el comportamiento demográfico del DMQ en la ultima década se observa una reducción de la tasa de crecimiento vegetativo del 1.9% al 1.6%; y un descenso de la tasa por inmigración del 2.7% al 1.3% entre 1990 y 2001. Por otra parte, se estructura una población, en transición demográfica, hacia el envejecimiento.
Las Administraciones Zonales son las unidades responsables de desarrollar dos ejes estratégicos básicos de la administración municipal: La Descentralización - Desconcentración Institucional y el Sistema de Gestión Participativa. El primero de esos ejes posibilita una atención más directa, inmediata y permanente del Municipio a las zonas, sectores urbanos y parroquias rurales del Distrito; el segundo articula la intervención directa y activa de la ciudadanía en la gestión de gobierno local.
ZONAS ADMINISTRATIVAS
1
Administración Zona Equinoccial (La Delicia)
2
Administración Zona Calderón
3
Administración Zona Norte (Eugenio Espejo)
4
Administración Zona Centro (Manuela Sáenz)
5
Administración Zona Sur (Eloy Alfaro)
6
Administración Zona de Tumbaco
7
Administración Zona Valle de Los Chillos
8
Administración Zona Quitumbe
Analizando la problemática delincuencial e índice de criminalidad del Distrito Metropolitano de Quito, se observa que el 60% de los delitos son contravenciones del Libro III del Código Penal y Ordenanzas Metropolitanas de Convivencia Ciudadana. El restante 40%, corresponde a delitos: contra las personas, contra la propiedad, contra la vida, contra el pudor.
El modelo tradicional de una policía represiva, exige un cambio profundo y una transformación hacia una policía de proximidad que solucionaría los problemas científicamente, identificando, analizando, interviniendo y evaluando la problemática delictual.
Presupuesto que requiere que las Autoridades Policiales, Intendencia General de Policía; Función Judicial, Fiscalía; Salud; de atención a la niñez y adolescencia; de violencia de género y maltrato a la familia; y, de mediación descentralicen su accionar del Distrito Metropolitano, a cada una de las Zonas Administrativas Metropolitanas. Esto es, de lo general a lo particular. Atendiendo de manera ágil e idónea a la ciudadanía en la solución de sus conflictos diarios, cumpliéndose el espíritu de las leyes procesales que procurarán la simplificación, uniformidad, eficacia y agilidad de los trámites, así como haciendo efectivas las garantías del debido proceso y velando por el cumplimiento de los principios constitucionales de inmediación, celeridad y eficiencia en la administración de justicia.
La seguridad humana esta centrada en el ser humano, se preocupa por la forma en que la gente vive y respira en sociedad, la libertad con que pueda ejercer diversas opciones, el grado de acceso al mercado y a las oportunidades sociales y a la vida en conflicto o en paz, la seguridad humana significa que la gente pueda ejercer estas opciones en forma segura y libre y pueden tener relativa confianza en que las oportunidades que tienen hoy no desaparezcan totalmente mañana.
PROYECTO DE DESCONCENTRACIÓN Y DESCENTRALIZACION DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Justificación:
La necesidad de descentralización y desconcentración de la administración de justicia es urgente, la Constitución Política del Estado lo demanda en su Artículo 225, cuando dice: “El Estado impulsará mediante la descentralización y desconcentración, el desarrollo armónico del país, el fortalecimiento de la participación ciudadana y de las entidades seccionales, la distribución de los ingresos públicos y de la riqueza”.
La intervención y gestión de las políticas de seguridad ciudadana por parte de las autoridades locales se fundamenta en el principio de proximidad.
La noción de proximidad se refiere no solo a la cercanía física dentro de un territorio sino también a la accesibilidad social de un servicio a escala humana. Esto implica el mejor conocimiento de la realidad, la más efectiva posibilidad de gestión y monitoreo cotidianos y la posibilidad de conexión local con las políticas sociales.
En efecto, las autoridades locales pueden relacionar la prevención con un proyecto político de un gobierno local legítimo. Un consejo comunal elegido puede articular su política de seguridad a las diversas políticas sociales que impulsa. Puede también coordinarse con las fuerzas locales de policía y fiscalizarlas legítimamente o aun instaurar policías municipales.
El principio de proximidad reconoce también la capacidad de mediar en conflictos locales y de responder a la demanda cambiante de seguridad formulada por los habitantes. Esta demanda corresponde a la búsqueda de respuestas rápidas y visibles a hechos de pequeña y mediana delincuencia o de vandalismo y degradación del espacio público que favorece al temor.
La actuación policial de los elementos destinados a las Unidades de Policía Comunitaria, sin preparación alguna, como lo destacara el Diario el Comercio en su sección 2, de fecha lunes 5 de febrero del 2007, hace que éstos no respondan adecuadamente a los requerimientos de la comunidad, se conviertan en un problema y una carga antes que en una solución a la prevención de la delincuencia.
Su accionar reducido, sin conocimiento del área y sin proactividad, permite que éstos (Policía Comunitaria) distraigan sus funciones en otras actividades fuera de la zona de responsabilidad, mal utilizando y abusando de los vehículos y de los bienes entregados por Corposeguridad, provenientes del 2% de la tasa de seguridad.
Situación actual
El Código de Procedimiento Penal vigente desde el mes de julio del 2001, introdujo reformas específicas en la administración de justicia responsabilizando a los Fiscales las etapas de la indagación e instrucción procesal penal y designando a la Policía Judicial como un cuerpo auxiliar en la administración de justicia.
Plantear reformas al Código de Procedimiento Penal requiere de un estudio adecuado por parte de juristas probos y de un Congreso ágil y oportuno que trabaje por los intereses de los demás y no por los suyos propios.
Sin violentar las normas taxativas dispuestas en el Artículo 24 de la Constitución Política del Estado, referentes al debido proceso y en atención al numeral 15 del Artículo 97 de los deberes y responsabilidades de los ciudadanos, cual es colaborar en el mantenimiento de la paz y la seguridad, y conforme al inciso segundo del artículo 191 de la Carta Fundamental que dice: “De acuerdo a la ley habrá jueces de paz encargados de resolver en equidad conflictos individuales, comunitarios o vecinales”; por lo tanto corresponde al Consejo Metropolitano y al señor Alcalde de la Ciudad conjuntamente con el Consejo Nacional de la Judicatura, el Ministerio Fiscal y el Ministro de Gobierno, emitir Ordenanzas que permitan reorganizar y descentralizar la administración de justicia en cada una de las zonas administrativas del Distrito Metropolitano, creando los Centros de Justicia Inmediata, en donde las autoridades destinadas para el efecto sancionarán inmediatamente las contravenciones al Libro III del Código Penal; Ley 103 de Violencia Intrafamiliar y de género; Código de la Niñez y Adolescencia; y, Ordenanzas Metropolitanas.
Sanciones que por supuesto serán de inmediata aplicación a los responsables por las autoridades pertinentes, evitando de esta forma el hacinamiento carcelario en la Policía Judicial y en el Centro de Detención Provisional, cumpliendo con los preceptos constitucionales y legales del debido proceso.
Las sanciones serán castigadas con trabajo comunitario y estarán bajo responsabilidad y vigilancia de la Policía Metropolitana, durante su tiempo de duración.
En cada zona metropolitana administrativa, funcionará en un solo edificio las siguientes dependencias:
a. Sub-Intendencia General de Policía de Pichincha,
b. Juzgado de la Familia y/o Comisaría de la Mujer,
c. Juzgados de paz y/o Centro de Mediación y Justicia,
d. Centro Médico, destinado a realizar los exámenes médicos a los detenidos y a extender los certificados, durante las 24 horas del día,
e. Fiscalía, que atenderá en turnos durante las 24 horas del día, cumpliendo su misión y visión,
f. Policía Judicial, quién recibirá las denuncias y ejecutará Planes y Ordenes de Operaciones de prevención del delito,
g. Policía Antinarcóticos, que determinará puntos estratégicos y ejecutará Planes y Ordenes de Operaciones de prevención y represión de delitos de narcotráfico,
h. Policía de Tránsito, que mantendrá el Orden y la Seguridad en las avenidas y calles de la zona,
i. Policía de Migración que controlará el movimiento migratorio y la permanencia de extranjeros en el país,
j. Policía Metropolitana, que cumplirá lo dispuesto en el Artículo 167, Parágrafo 7º Justicia y Policía de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
Ahora bien, para una mejor aplicación y coordinación e inclusión la Policía Nacional designará un Coronel de Policía de Estado Mayor a cada una de las zonas Administrativas, quien será el único responsable del control y supervisión de las Unidades de Policía Comunitaria y demás servicios, además de ejecutar planes y programas de prevención del delito y de seguridad y convivencia ciudadana, conjuntamente con el Municipio Metropolitano y los líderes comunitarios que posean conocimiento titulados de seguridad ciudadana o materias afines.
Además para una adecuada atención inmediata de manera urgente hay que descentralizar la Central Metropolitana de Atención Ciudadana, destinando una frecuencia troncalizada especial a cada una de las zonas administrativas a fin de que éstas coordinen sus actividades entre las Unidades de Policía Comunitaria, Policía de Tránsito, Policía Judicial, Policía de Migración y Policía Metropolitana.
De esta forma será factible controlar al personal y los bienes (vehículos) destinados a la seguridad, evitando que éstos se movilicen por toda la ciudad en pretexto de apoyo a las demás unidades.
EJECUCIÓN
Para la ejecución del presente proyecto se requiere:
1. Elaborar un Plan Estratégico Quinquenal incluyente tanto al Municipio Distrito Metropolitano, Policía Nacional, Policía Metropolitana y Ciudadanos destacados y con conocimientos en seguridad y materias afines.
2. Asignar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento del proyecto.
3. Determinar los sitios estratégicos e infraestructura necesaria para los Centros de Justicia Inmediata, en cada una de las zonas administrativas metropolitanas.
4. Ejecutar una auditoria de personal de las Instituciones inmersas en el proyecto que permita conocer exactamente su numérico de personal, a fin de destinarlos a los Centros de Justicia Inmediata.
5. Coordinar con el Ministerio de Gobierno, Ministerio Público, Corte Superior, Ministerio de Salud, Policía Nacional y Policía Municipal, para la redistribución del personal en las áreas específicas.
6. Capacitar al personal policial en convivencia ciudadana, solución y manejo de crisis.
EVALUACIÓN
1. La evaluación será trimestral, semestral y anual, permitiendo reajustar el plan estratégico quinquenal a medida del cumplimiento de la misión, visión y objetivos propuestos.
La evaluación se coordinará con las instituciones involucradas y ciudadanía calificada como veedores cívicos o metropolitanos.
CON LA CREACION DE LOS CENTROS INTEGRADOS DE JUSTICIA
C.J.I.
INTRODUCCION
Desde fin de los años 80 se habla de seguridad ciudadana o urbana según las regiones entendiendo a través de este concepto una nueva forma de coproducir la seguridad. En política de seguridad ciudadana juegan un rol muy importante las instituciones locales, estatales, organizaciones barriales y sociedad civil.
La seguridad ciudadana no solamente implica la participación de la comunidad sino que apunta a mejorar la calidad de vida de los habitantes de una ciudad.
El temor a la agresión de cualquier tipo conduce a paralizar la acción de los habitantes y erosiona el capital social en particular de los más pobres. Además el temor impide a segmentos de la población de apropiarse de la ciudad: las mujeres por miedo se quedan en casa, los espacios públicos son abandonados a traficantes o a las maras y los habitantes se refugian en sus casas detrás de rejas siempre más potentes y aislantes.
Por otra parte la seguridad ciudadana es percibida como estrechamente ligada a otras dimensiones sociales. No es una demanda ni una política aislada. El ciudadano que pide seguridad ciudadana pide paralelamente política urbana y política social de inclusión. En este sentido, la seguridad es una petición que cristaliza un conjunto de requerimientos sociales frente al riesgo y es al mismo tiempo transversal a las demandas sociales. Quien quiere una política educacional, de vivienda o de transporte pide que la seguridad este incorporada en ella.
El recurso de seguridad es transversal a muchas políticas es una demanda colectiva y no individual. El ciudadano exige seguridad para el y su familia pero también pide calidad de vida en los espacios públicos sean estos calles, plazas, transportes, escuelas, negocios, parques, cines etc. Pide sobre todo que la ciudad, o el espacio público, o su barrio estén seguros. En estos lugares el ciudadano quiere calidad de vida y no solo garantía contra ladrones o delincuentes comunes. Pide que el lugar sea agradable y funcional, que sea un lugar que tenga sentido en términos de vida ciudadana. Pide ciudad y no urbanización mediocre, caótica y segregacionista. De ahí también surge la relación muy estrecha entre seguridad ciudadana y política de la ciudad que no es solo prevención situacional. Sin calidad de vida en las urbes, es difícil construir seguridad.
El modelo político policial es extremadamente rígido, vertical y obsoleto en su accionar, hegemónico que no responde a las demandas ciudadanas y que más bien se distancia de la comunidad, no facilita flexibilidad y el trabajo policial no articula con la ciudadanía y el gobierno seccional.
En 1990, según fuentes del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo, la tasa de homicidios en Ecuador se ubica en 10 homicidios por cada cien mil habitantes. Esta misma tasa había crecido en un 40% para el año 1996, mientras que para el año 2005 legaba a 16 homicidios por cada mil habitantes. Si bien esta medida no es la más alta en la región andina, su incremento es preocupante. Paralelamente, la encuesta realizada por FLACSO en Quito, Guayaquil y Cuenca, en el año 2003, determina un aumento del robo y los asaltos a la propiedad y a las personas, factores que constituyen las mayores causas de temor e inseguridad en la ciudadanía. Si evaluamos las estadísticas de la Policía Judicial vemos que la tasa por delitos contra la propiedad subió desde el año de 1995 de 320 denuncias por cada cien mil habitantes a 471,5 en el año 1999, mostrando ligeros descensos en los siguientes años, hasta llegar a 369,5 en el año 2004.
DIAGNOSTICO
El Distrito Metropolitano de Quito, es un conjunto territorial de 422.802 hectáreas, localizado en un entorno majestuoso, rico y diverso, de múltiples contrastes en lo geográfico, ecológico y paisajístico. Es un sitio profundamente arraigado en una milenaria e inmensa densidad cultural; es asiento de importantes culturas aborígenes y lugar privilegiado de la colonización hispánica; es origen y continuidad histórica de la gesta de la Nación.
En el año 2.001, según el Censo Nacional, el Distrito Metropolitano albergaba una población de 1´842.201 habitantes, de los cuales 1'414.601 habitaba en el área urbana. Si a ello se suma la población de los cantones Rumiñahui y Mejía altamente integrados a Quito, el total de población del área de influencia directa del DMQ alcanza un total aproximado de 2 millones de habitantes.
Respecto de la distribución poblacional, de estos casi dos millones de habitantes, el 82% vive en las áreas urbanas. El 18% restante habita en las áreas suburbanas y rurales que forman parte del territorio del Distrito y de los cantones mencionados. La urbanización de la periferia ha generado descenso del crecimiento poblacional en el área central de Quito, un crecimiento de la población en la periferia interna y de los valles de Los Chillos, Tumbaco, Calderón y Pomasqui-San Antonio de Pichincha y del cantón Rumiñahui.
En el comportamiento demográfico del DMQ en la ultima década se observa una reducción de la tasa de crecimiento vegetativo del 1.9% al 1.6%; y un descenso de la tasa por inmigración del 2.7% al 1.3% entre 1990 y 2001. Por otra parte, se estructura una población, en transición demográfica, hacia el envejecimiento.
Las Administraciones Zonales son las unidades responsables de desarrollar dos ejes estratégicos básicos de la administración municipal: La Descentralización - Desconcentración Institucional y el Sistema de Gestión Participativa. El primero de esos ejes posibilita una atención más directa, inmediata y permanente del Municipio a las zonas, sectores urbanos y parroquias rurales del Distrito; el segundo articula la intervención directa y activa de la ciudadanía en la gestión de gobierno local.
ZONAS ADMINISTRATIVAS
1
Administración Zona Equinoccial (La Delicia)
2
Administración Zona Calderón
3
Administración Zona Norte (Eugenio Espejo)
4
Administración Zona Centro (Manuela Sáenz)
5
Administración Zona Sur (Eloy Alfaro)
6
Administración Zona de Tumbaco
7
Administración Zona Valle de Los Chillos
8
Administración Zona Quitumbe
Analizando la problemática delincuencial e índice de criminalidad del Distrito Metropolitano de Quito, se observa que el 60% de los delitos son contravenciones del Libro III del Código Penal y Ordenanzas Metropolitanas de Convivencia Ciudadana. El restante 40%, corresponde a delitos: contra las personas, contra la propiedad, contra la vida, contra el pudor.
El modelo tradicional de una policía represiva, exige un cambio profundo y una transformación hacia una policía de proximidad que solucionaría los problemas científicamente, identificando, analizando, interviniendo y evaluando la problemática delictual.
Presupuesto que requiere que las Autoridades Policiales, Intendencia General de Policía; Función Judicial, Fiscalía; Salud; de atención a la niñez y adolescencia; de violencia de género y maltrato a la familia; y, de mediación descentralicen su accionar del Distrito Metropolitano, a cada una de las Zonas Administrativas Metropolitanas. Esto es, de lo general a lo particular. Atendiendo de manera ágil e idónea a la ciudadanía en la solución de sus conflictos diarios, cumpliéndose el espíritu de las leyes procesales que procurarán la simplificación, uniformidad, eficacia y agilidad de los trámites, así como haciendo efectivas las garantías del debido proceso y velando por el cumplimiento de los principios constitucionales de inmediación, celeridad y eficiencia en la administración de justicia.
La seguridad humana esta centrada en el ser humano, se preocupa por la forma en que la gente vive y respira en sociedad, la libertad con que pueda ejercer diversas opciones, el grado de acceso al mercado y a las oportunidades sociales y a la vida en conflicto o en paz, la seguridad humana significa que la gente pueda ejercer estas opciones en forma segura y libre y pueden tener relativa confianza en que las oportunidades que tienen hoy no desaparezcan totalmente mañana.
PROYECTO DE DESCONCENTRACIÓN Y DESCENTRALIZACION DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Justificación:
La necesidad de descentralización y desconcentración de la administración de justicia es urgente, la Constitución Política del Estado lo demanda en su Artículo 225, cuando dice: “El Estado impulsará mediante la descentralización y desconcentración, el desarrollo armónico del país, el fortalecimiento de la participación ciudadana y de las entidades seccionales, la distribución de los ingresos públicos y de la riqueza”.
La intervención y gestión de las políticas de seguridad ciudadana por parte de las autoridades locales se fundamenta en el principio de proximidad.
La noción de proximidad se refiere no solo a la cercanía física dentro de un territorio sino también a la accesibilidad social de un servicio a escala humana. Esto implica el mejor conocimiento de la realidad, la más efectiva posibilidad de gestión y monitoreo cotidianos y la posibilidad de conexión local con las políticas sociales.
En efecto, las autoridades locales pueden relacionar la prevención con un proyecto político de un gobierno local legítimo. Un consejo comunal elegido puede articular su política de seguridad a las diversas políticas sociales que impulsa. Puede también coordinarse con las fuerzas locales de policía y fiscalizarlas legítimamente o aun instaurar policías municipales.
El principio de proximidad reconoce también la capacidad de mediar en conflictos locales y de responder a la demanda cambiante de seguridad formulada por los habitantes. Esta demanda corresponde a la búsqueda de respuestas rápidas y visibles a hechos de pequeña y mediana delincuencia o de vandalismo y degradación del espacio público que favorece al temor.
La actuación policial de los elementos destinados a las Unidades de Policía Comunitaria, sin preparación alguna, como lo destacara el Diario el Comercio en su sección 2, de fecha lunes 5 de febrero del 2007, hace que éstos no respondan adecuadamente a los requerimientos de la comunidad, se conviertan en un problema y una carga antes que en una solución a la prevención de la delincuencia.
Su accionar reducido, sin conocimiento del área y sin proactividad, permite que éstos (Policía Comunitaria) distraigan sus funciones en otras actividades fuera de la zona de responsabilidad, mal utilizando y abusando de los vehículos y de los bienes entregados por Corposeguridad, provenientes del 2% de la tasa de seguridad.
Situación actual
El Código de Procedimiento Penal vigente desde el mes de julio del 2001, introdujo reformas específicas en la administración de justicia responsabilizando a los Fiscales las etapas de la indagación e instrucción procesal penal y designando a la Policía Judicial como un cuerpo auxiliar en la administración de justicia.
Plantear reformas al Código de Procedimiento Penal requiere de un estudio adecuado por parte de juristas probos y de un Congreso ágil y oportuno que trabaje por los intereses de los demás y no por los suyos propios.
Sin violentar las normas taxativas dispuestas en el Artículo 24 de la Constitución Política del Estado, referentes al debido proceso y en atención al numeral 15 del Artículo 97 de los deberes y responsabilidades de los ciudadanos, cual es colaborar en el mantenimiento de la paz y la seguridad, y conforme al inciso segundo del artículo 191 de la Carta Fundamental que dice: “De acuerdo a la ley habrá jueces de paz encargados de resolver en equidad conflictos individuales, comunitarios o vecinales”; por lo tanto corresponde al Consejo Metropolitano y al señor Alcalde de la Ciudad conjuntamente con el Consejo Nacional de la Judicatura, el Ministerio Fiscal y el Ministro de Gobierno, emitir Ordenanzas que permitan reorganizar y descentralizar la administración de justicia en cada una de las zonas administrativas del Distrito Metropolitano, creando los Centros de Justicia Inmediata, en donde las autoridades destinadas para el efecto sancionarán inmediatamente las contravenciones al Libro III del Código Penal; Ley 103 de Violencia Intrafamiliar y de género; Código de la Niñez y Adolescencia; y, Ordenanzas Metropolitanas.
Sanciones que por supuesto serán de inmediata aplicación a los responsables por las autoridades pertinentes, evitando de esta forma el hacinamiento carcelario en la Policía Judicial y en el Centro de Detención Provisional, cumpliendo con los preceptos constitucionales y legales del debido proceso.
Las sanciones serán castigadas con trabajo comunitario y estarán bajo responsabilidad y vigilancia de la Policía Metropolitana, durante su tiempo de duración.
En cada zona metropolitana administrativa, funcionará en un solo edificio las siguientes dependencias:
a. Sub-Intendencia General de Policía de Pichincha,
b. Juzgado de la Familia y/o Comisaría de la Mujer,
c. Juzgados de paz y/o Centro de Mediación y Justicia,
d. Centro Médico, destinado a realizar los exámenes médicos a los detenidos y a extender los certificados, durante las 24 horas del día,
e. Fiscalía, que atenderá en turnos durante las 24 horas del día, cumpliendo su misión y visión,
f. Policía Judicial, quién recibirá las denuncias y ejecutará Planes y Ordenes de Operaciones de prevención del delito,
g. Policía Antinarcóticos, que determinará puntos estratégicos y ejecutará Planes y Ordenes de Operaciones de prevención y represión de delitos de narcotráfico,
h. Policía de Tránsito, que mantendrá el Orden y la Seguridad en las avenidas y calles de la zona,
i. Policía de Migración que controlará el movimiento migratorio y la permanencia de extranjeros en el país,
j. Policía Metropolitana, que cumplirá lo dispuesto en el Artículo 167, Parágrafo 7º Justicia y Policía de la Ley Orgánica de Régimen Municipal.
Ahora bien, para una mejor aplicación y coordinación e inclusión la Policía Nacional designará un Coronel de Policía de Estado Mayor a cada una de las zonas Administrativas, quien será el único responsable del control y supervisión de las Unidades de Policía Comunitaria y demás servicios, además de ejecutar planes y programas de prevención del delito y de seguridad y convivencia ciudadana, conjuntamente con el Municipio Metropolitano y los líderes comunitarios que posean conocimiento titulados de seguridad ciudadana o materias afines.
Además para una adecuada atención inmediata de manera urgente hay que descentralizar la Central Metropolitana de Atención Ciudadana, destinando una frecuencia troncalizada especial a cada una de las zonas administrativas a fin de que éstas coordinen sus actividades entre las Unidades de Policía Comunitaria, Policía de Tránsito, Policía Judicial, Policía de Migración y Policía Metropolitana.
De esta forma será factible controlar al personal y los bienes (vehículos) destinados a la seguridad, evitando que éstos se movilicen por toda la ciudad en pretexto de apoyo a las demás unidades.
EJECUCIÓN
Para la ejecución del presente proyecto se requiere:
1. Elaborar un Plan Estratégico Quinquenal incluyente tanto al Municipio Distrito Metropolitano, Policía Nacional, Policía Metropolitana y Ciudadanos destacados y con conocimientos en seguridad y materias afines.
2. Asignar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento del proyecto.
3. Determinar los sitios estratégicos e infraestructura necesaria para los Centros de Justicia Inmediata, en cada una de las zonas administrativas metropolitanas.
4. Ejecutar una auditoria de personal de las Instituciones inmersas en el proyecto que permita conocer exactamente su numérico de personal, a fin de destinarlos a los Centros de Justicia Inmediata.
5. Coordinar con el Ministerio de Gobierno, Ministerio Público, Corte Superior, Ministerio de Salud, Policía Nacional y Policía Municipal, para la redistribución del personal en las áreas específicas.
6. Capacitar al personal policial en convivencia ciudadana, solución y manejo de crisis.
EVALUACIÓN
1. La evaluación será trimestral, semestral y anual, permitiendo reajustar el plan estratégico quinquenal a medida del cumplimiento de la misión, visión y objetivos propuestos.
La evaluación se coordinará con las instituciones involucradas y ciudadanía calificada como veedores cívicos o metropolitanos.
SEGURIDAD CIUDADANA, DERECHOS HUMANOS Y POLICIA
SEGURIDAD CIUDADANA, DERECHOS HUMANOS Y POLICÍA
Por: Carlos Bustamante Salvador
(...) Es el tiempo del miedo. Miedo de la mujer a la violencia del hombre y miedo del hombre a la mujer sin miedo. Miedo a los ladrones, miedo a la policía. Miedo a la puerta sin cerradura, al tiempo sin relojes, al niño sin televisión, miedo a la noche sin pastillas para dormir y miedo al día sin pastillas para despertar. Miedo a la multitud, miedo a la soledad, miedo a lo que fue y a lo que puede ser, miedo de morir, miedo de vivir.
Eduardo Galeano extracto de “El miedo global” en: Patas Arriba. La Escuela del Mundo al Revés, Quinta Edición (España), 2000, p.83
INTRODUCCION
La falta de seguridad ciudadana ha pasado a ser en los últimos tiempos uno de los temas centrales de preocupación de los ciudadanos y, por tanto, una de las cuestiones a resolver por los responsables políticos de principios de este siglo. De este modo, Kris Bonner dice:
El interés de la población que hace referencia a la delincuencia ha aumentado enormemente en los últimos años. (....). La seguridad es una condición necesaria para el funcionamiento de la sociedad y uno de los principales criterios para asegurar la calidad de vida.
En efecto, la crisis de la seguridad y su correlativa necesidad de reforma han conducido a que, en ocasiones, desde los ámbitos de gobierno se formulen recetas simplistas para actuar sobre los síntomas y no sobre las causas, conocidas en el ámbito anglosajón como la búsqueda de la bala color de plata, que alude a la leyenda del hombre lobo, que, como la falta de seguridad, amenaza a la sociedad. Sin embargo, la bestia inmortal, tiene un talón de Aquiles, se puede acabar con ella con sólo un disparo con una bala de plata al corazón.
SEGURIDAD CIUDADANA
Antecedentes del concepto de seguridad
En absoluto es en balde la expresión de un concepto de seguridad, puesto que en función del concepto de seguridad del que nos dotamos, determinaremos la política de seguridad necesaria.
El concepto tradicional de seguridad es el que lo asociaba con la represión del delito y el mantenimiento del orden, se trataba, pues, de un concepto de seguridad situada en el entorno del control y de la criminalidad y eminentemente reactiva. A este concepto se adscribe la definición que de la policía hace el Código de Brumario del año IV:
La policía está instituida para mantener el orden público, la libertad, la propiedad y la seguridad individual.
La evolución natural, en comparación con la medicina (asimilando el delito con una enfermedad del cuerpo social), hizo que se sopesara la seguridad de la represión a la prevención, intentando actuar, también, sobre las causas y no solamente sobre los síntomas. A esta concepción preventiva y, por tanto, pro – activa, de la seguridad, hace falta atribuir la incorporación de elementos nuevos a estas políticas, de suerte que a las mismas ya no les son extrañas las políticas sociales, de ocupación o, aun, urbanísticas y, de rebote, la incorporación, también, de profesionales de diferentes disciplinas. En este sentido se expresaba la Grande Encyclopédie de 1910:
No se conoce sociedad organizada sin que exista un poder de policía que asegure a sus miembros la seguridad interior, reprimiendo y previniendo delitos.
La seguridad: un problema complejo
Pese a que son muchas las voces que se alzan en ese sentido, muchos responsables en materia de seguridad siguen aplicando ópticas de corto plazo y políticas reactivas. En el proyecto de manual del Congreso de los poderes locales y regionales de Europa, organizado por el Consejo de Europa, en sus puntos 3,b) y 3.c) indica lo siguiente:
Adoptar una aproximación más estratégica y holística, sorteando la sectorización en materia de la lucha contra la inseguridad urbana;
Comprender que la protección del medio urbano es un proceso complejo que exige la contribución de un gran número de actores trabajando en partenariado.
A su vez, el Manifiesto y las Resoluciones de los temas abordados por las ciudades europeas sobre Prevención y Seguridad en la conferencia de Nápoles los días 7, 8 y 9 de diciembre de 2000, afirma:
La inseguridad no puede reducirse únicamente a los problemas de criminalidad. La inseguridad es una problemática compleja: está atada a los problemas de sanidad, de medio ambiente, de urbanismo, de formación; es el resultado de desigualdades crecientes en el acceso a los recursos; pone en juego conflictos de intereses, sobre todo con respecto a la división y al uso del espacio y de los ritmos de la ciudad (tiempo libre por la noche, deportes, prostitución). La inseguridad es un riesgo urbano al que hace falta darle respuestas civiles.
El problema radica, por otro lado, en que el ciudadano común, razonando con los elementos a su alcance, delante del incremento de la sensación de inseguridad, inequívocamente pide, en primer lugar, más presos y más penas y, en segundo lugar, más policías. Los responsables de las administraciones habrán de hacer todo lo posible para no caer en esta simplificación y poder actuar sobre las causas de la sensación térmica de seguridad.
Si, por el contrario, se opta por una solución del tipo de tolerancia cero o de mano dura, se estará actuando, solamente, sobre dos vectores del sistema.
· En primer lugar sobre el sistema penal, pero, hemos de saber que se trata de una actuación, en gran parte, estéril, puesto que el sistema penal, de media, únicamente acaba sentenciando a prisión entre un 1 % y un 5 % de los delitos cometidos.
· En segundo lugar, el reclamo de más policías, tampoco es una solución, puesto que no hay una relación directa entre el número de policías y el nivel de seguridad, sencillamente porque cuando se comete un delito es cuando la policía no está presente. Es más, en determinados casos, la presencia visible de más policía lo único que hace es aumentar la sensación de inseguridad. Es decir, no hace falta poner a más gente haciendo lo mismo, sino que lo que hace falta hacer es ver cual es el número de policías óptimo por número de habitantes.
El sentimiento subjetivo de seguridad: el gran delito, el delito ordinario y los comportamientos incívicos
La inseguridad no es simplemente el temor al robo o a la agresión. Puede nacer también del peligro provocado por un automóvil, por un entorno nocivo precario y, sobre todo, por el temor a no disponer del espaldarazo de una ayuda o de un servicio que aporte protección o reparación.
Debemos de entender que la superación de la vinculación cerrada entre seguridad y delincuencia, pero por una vía diferente: la del concepto subjetivo de inseguridad. La seguridad engloba, por lo tanto dos conceptos: de una parte, el objetivo, que estaría representado por el incremento del delito y, por otro, el subjetivo que vendría determinado por la sensación de incertidumbre, de riesgo o de miedo que tiene el ciudadano por el desarrollo de lo que se denomina delincuencia ordinaria y los actos incívicos, diversos y no agrupables bajo una sola categoría pero que, no obstante, no entran dentro de la categoría de delitos. Delincuencia ordinaria y actos incívicos, se producen en el ámbito más próximo al ciudadano y, por lo tanto, afectan más directamente a su sensación térmica de seguridad.
La seguridad crea todo lo necesario para que después todo, en la ciudadanía, resulte productivo, para que las iniciativas puedan generarse y consolidarse y se conviertan en productos tangibles, conservables. La seguridad no es acción de uno solo, la seguridad es un acto mancomunado y tácito entre las instituciones dentro de las cuales no escapa la Policía.
Nosotros como pueblo y familia debemos hacer cada cierto tiempo una reflexión en pareja y analizar de veras si nuestras acciones como padres de familia están orientadas adecuadamente a educar a nuestros hijos, cómo debe de ser, signándole los valores esenciales, acciones de responsabilidad, de fuerza de voluntad, de persistencia para alcanzar sus objetivos, que vean en el padre o la madre la imagen objetiva a seguir y a superar. Eso se está descuidando en todos los niveles, alto, medio, bajo, porque egoístamente también nos centramos al esfuerzo de sostener la economía del hogar y descuidamos un tanto lo más importante, la familia, la crianza y desarrollo de nuestros hijos.
Debemos también de ver que nuestras familias se descomponen un tanto, por el resultado del vacío de comunicación y de afecto e integración de padres a hijos y de hijos a padres, que degenera en una falta de control. La consecuencia, mala formación, malos hábitos, tal que ya no existe consideración a la autoridad de los padres y ahí viene el ingreso de los problemas de violencia juvenil, los problemas de violencia familiar.
De ahí que se busque soluciones integrales, que permitan cuidar primero la familia, potenciarla. ¿Cómo? En base a capacitaciones, vinculaciones permanente a profesionales que tiendan a buscar y, porque no decir, brindar el consejo y la reflexión oportuna, la orientación técnica de los psicólogos, la consulta oportuna para aliviar alguna situación , para desechar el estrés de los padres, para alimentar la relación afectiva entre padres y puedan dar un verdadero afecto y amor a sus hijos, para que en base a esa sólida función familiar como célula fundamental de la sociedad se construya un nuevo Estado.
Los niños y los jóvenes de hoy ya tienen un marco referencial de comportamiento, a ellos nos toca ayudarlos a reflexionar, orientarlos y en la medida que sea posible estimular esfuerzos multisectoriales para presentarles respuestas concretas a sus frustraciones, a sus inquietudes, buscar alternativas de superación. Una especial atención a los niños porque ellos sí están presentándonos la esperanza de que nuestro futuro mejore en un país mucho más integrado, de sólidas convicciones y estructura de seguridad ciudadana.
La seguridad ciudadana también tiene que ver en el aspecto estructural de la formación de los distritos, de las ciudades y los barrios, para que sea una zona donde exista seguridad. Donde existe tranquilidad tiene más valor, tiene un valor mucho más positivo y económicamente contundente que un lugar donde no hay una buena seguridad ciudadana, donde no existe una norma adecuada de desarrollo, donde no existe una convivencia pacífica. Una zona donde existen conflictos, robos sociales, se desprecia y donde existe tranquilidad, donde existe buena convivencia, eleva su precio, su justiprecio.
Seguridad Ciudadana comunitaria: Cuestiones terminológicas
Orden Público, seguridad ciudadana o seguridad de los habitantes
El concepto de orden público ha ido modificándose a lo largo del tiempo. Originariamente, este es el concepto liberal que mana del artículo 9 que regula esta cuestión en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 que dice:
Nadie puede ser inquietado por sus opiniones, incluso las religiosas, siempre y cuando su manifestación no altere el orden público establecido por la ley.
Este artículo, tiene que ser interpretado sistemáticamente y puesto en relación con el 4 de la misma Declaración:
La libertad consiste en poder hacer todo lo que no sea perjudicial al otro. Así, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tienen otro límite que aquellos que aseguren a los otros miembros de la sociedad el disfrute de estos mismos derechos; estos límites sólo pueden estar determinados por la ley.
Por lo tanto si mudamos el concepto de orden público del ámbito estricto de la libertad ideológica del artículo noveno a uno más genérico del artículo cuarto, formularemos la siguiente definición de orden público:
El orden público se establece como garantía y límite de la libertad y, como ésta, consiste en que nadie puede hacer nada que sea perjudicial a los demás.
Desde esta perspectiva, que no hemos de perder nunca de vista, libertad y seguridad son dos caras de la misma moneda: Sin seguridad no hay libertad (ya que la falta de ésta, inquieta el libre ejercicio de los derechos y libertades del ciudadano) y sin libertad no puede haber una autentica seguridad (ya que la seguridad sin libertad comporta un régimen autoritario).
Seguridad Comunitaria
Cuando hablamos de seguridad comunitaria, nos estamos refiriendo a un modelo concreto de seguridad, lo que tiene en cuenta al ciudadano en la formulación y verificación de las políticas de seguridad. Los orígenes del término seguridad comunitaria los tenemos que encontrar en la idea de oposición entre el modelo inglés de policía (o policía comunitaria) y el modelo francés o continental (o policía del princeps).
Para el primero, la actividad de la policía sería una consecuencia de las demandas sociales, de forma que habría una clase de self – policing, de la comunidad con un mínimo uso de la fuerza. Por el contrario, la policía continental, estaría mucho más ligada al proceso de construcción de un Estado contemporáneo y, por lo tanto, de defensa del mismo ante los procesos involucionistas o revolucionarios que ha padecido.
DERECHOS HUMANOS
El tema de la seguridad pública es una de las preocupaciones permanentes de los ciudadanos, en casi todas las encuestas este tema ocupa uno de los primeros lugares; sin embargo a esta preocupación no le sigue un nutrido debate, alentado por la sociedad misma, que lleve a mejores diagnósticos y al diseño de innovadoras alternativas para asegurar lo que también es un derecho humano, la seguridad ciudadana. Como lo indicará Roberto Cuellar M. en su intervención en Antigua-Guatemala del 15 al 16 de noviembre de 2001:
La seguridad ciudadana es un tema que se mantiene en un primer lugar de las agendas nacionales debido a que su antítesis, la inseguridad ciudadana, es el reclamo más constante que las personas les hacen a las autoridades nacionales o municipales. Esa circunstancia ha generado las más diversas teorizaciones sobre el tema, no siempre bien enfocadas hacia la determinación de las causas y su erradicación, sino más bien hacia acciones más de carácter reactivo que preventivo. Es así como por lo general, se responde a concepciones muy seguristas que le dan énfasis al tratamiento estatal y/o represivo del problema, lo cual se encuentra reflejado claramente en las políticas policiales.
Diversos factores como la no distinción entre seguridad pública y seguridad nacional, la ineficacia del sistema penal, así como la exacerbación que de este tema hacen los medios de comunicación han convertido el tema de la seguridad pública en problema aparentemente univoco, haciendo entonces creer que la única alternativa es la visión policíaca y represiva, donde se criminaliza la pobreza o se imponen medidas como la del “alcoholímetro” sin pedir que la autoridad justifique que es una medida idónea y que efectivamente no existe otra posibilidad para generar esta restricción a las garantías ciudadanas.
Muchas veces el cuestionamiento que las defensoras y defensores de derechos humanos han hecho a las medidas que aumentan la discrecionalidad de las policías o que sólo proponen mayores medidas represivas ha servido para acusar de que “defienden delincuentes” y que no les preocupa los derechos de los ciudadanos honestos. Por supuesto que interesa el tema de la seguridad pública pero desde otras y mejores perspectivas.
En el análisis del problema de la seguridad ciudadana debiéramos llegar a determinar el grado de erosión de los niveles de convivencia ciudadanos que genera la inseguridad, para lo cual se necesita que se asegure la existencia de un diagnostico de la realidad económica, socio cultural y criminológico, y no sólo este último.
De forma que entonces el trabajo de seguridad sea planteado como un trabajo de reconstitución del tejido social y en consecuencia la policía considerada como una institución que contribuye a la reconstitución de la convivencia comunitaria.
De tal manera que las estrategias de seguridad ciudadana sean fundamentalmente preventivas e integrales.
La defensa de los derechos humanos se orienta al combate del delito
Muchas veces los servidores públicos, valiéndose de su cargo, se olvidan de que su misión es proteger a los ciudadanos y los derechos humanos, y que las armas les fueron confiadas para defender a la ciudadanía y no para atacarla.
Corresponde a los órganos correspondientes velar por los derechos de las víctimas del delito.
Esto no es cumplido plenamente. Un alto porcentaje de las quejas presentadas en las comisiones de derechos humanos ha sido de víctimas que han quedado desamparadas ante la impunidad, la inacción o ineficiencia del sistema de administración de justicia. Muchas denuncias formuladas no han sido debidamente investigadas; otras ni siquiera se han indagado. En las que se hacen investigaciones hay serias deficiencias jurídicas que serán aprovechadas por el acusado en su defensa o serán tan graves que el juez no pueda continuar con el procedimiento. Y en las que se ha concedido orden de detención, éstas no se han ejecutado.
La defensa y protección de los derechos humanos no son un obstáculo para combatir el crimen
Las causas de la inseguridad que viven nuestros países son diversas: corrupción, impunidad, violencia, desconfianza en las autoridades, entre muchas más.
Sin embargo, algunos se han empeñado en señalar que quienes se dedican a “la protección y defensa de los derechos humanos” la han ocasionado y que, además, ¡no les permiten combatirla! Esto es falso. Para muchos servidores públicos este argumento les sirve como pretexto para seguir ocultando su ineficiencia y, en ocasiones, sus complicidades.
Todos sabemos que una de las causas más comunes de la inseguridad es la corrupción. Debemos entender que ésta no sólo significa aceptar o pedir una dádiva, sino dejar de hacer cuando se está obligado a ello.
El no arrestar a quien debió ser detenido genera impunidad; deja sin castigo cuando debía haberlo. La impunidad se manifiesta cuando los ciudadanos no denunciamos algún delito que, sabemos, se ha cometido, ya sea por miedo, ignorancia, o desconfianza en las autoridades; cuando el policía no detiene por ineficacia, incapacidad, complicidad o desconocimiento; cuando las autoridades no hacen debidamente su trabajo, entre otros casos.
Esto genera violencia. Al no ver satisfecho ese derecho, dejamos en la víctima del delito un deseo de “justicia” muchas veces traducida en venganza, que se cobrará tal vez por su propia mano. Esta situación genera gran desconfianza en las instituciones de administración de justicia. Menos ciudadanos acudirán a ellas a denunciar, mientras que los delincuentes seguirán haciendo de las suyas a la sombra de la impunidad.
El reto, tanto de las instituciones de seguridad pública como de la sociedad en general, es romper el círculo vicioso que forman la corrupción, la impunidad, la violencia y la desconfianza.
La defensa y la protección de los derechos humanos pugnan por una política de seguridad ciudadana que actúe sobre las causas de la criminalidad y privilegie la prevención e investigación del delito.
Se ha dicho de manera insistente que para combatir la delincuencia y elevar los niveles de seguridad es necesario aumentar la sanción penal, el número de policías y patrullas, y tolerar la violación a los derechos humanos, entre otras.
Esta creencia negativa deja de lado las verdaderas causas de la criminalidad y se olvida de la necesaria modernización de las instituciones de administración de justicia, mediante un esfuerzo global que garantice el acceso y trato igualitario a la población; que se erradique la desconfianza mutua entre esas entidades y se busque la complementariedad de ellas y la coordinación contra el crimen.
Una política de seguridad ciudadana seria debe atacar las causas de la criminalidad y prever medidas en el ámbito social, de la infraestructura, la educación y la participación de la sociedad, para prevenir o combatir todo factor criminal y así dificultar las comisión de delitos.
Para hacer frente a este desafío hay que humanizar y hacer más eficaz la respuesta del Estado, con la capacitación y profesionalización de los cuerpos policiales. Para ello se requiere:
· Interés del Estado y la sociedad para que la formación del policía se oriente hacia el respeto al orden legal y de los derechos humanos de los ciudadanos.
· Dignificación de la actividad policial. El policía es un servidor público encargado de la seguridad, pero sobre todo es una persona con una actividad que merece alta valoración social y, por lo tanto, debe ser correspondida con el respeto a sus derechos y la satisfacción de sus necesidades elementales.
· Evaluación del trabajo policial no sólo por sus resultados, sino por los medios empleados. Esta apreciación será permanente, y en ella no sólo habrá de intervenir el Estado, sino también la sociedad, que debe convertirse en un actor coadyuvante de las distintas etapas que implica una estrategia de seguridad pública. Los mecanismos e instrumentos de la actuación policial deben regularse según el criterio “mayor eficacia-menor costo para las personas en el ejercicio de sus derechos”. En este sentido, su actuación debería estar sustentada en el criterio: “Prevención en la medida de lo posible y represión en la medida de lo estrictamente necesario”.
· La participación de la sociedad en la evaluación de sus necesidades, así como en los planes de seguridad pública.
· Adopción, por parte de los cuerpos policiales, de códigos de conducta o ética.
· Mecanismos que resuelvan algunos problemas entre los ciudadanos de forma no violenta, a través de la mediación o solución pacífica de los conflictos.
La seguridad pública no sólo es un problema de los cuerpos policiales. La colaboración de todos los actores sociales es urgente, especialmente cuando vemos que las debilidades en este rubro son fuente de una violencia e impunidad que afectan la vida, la integridad, la libertad y el derecho a la justicia de las personas y, en general, el de todos a llevar una vida libre de temores y sobresaltos.
Para que la lucha contra la delincuencia sea eficaz, las acciones deben ser legítimas, esto es, respetar la Constitución y con ello los derechos humanos, no sólo por el bien de la legalidad, sino por el de la sociedad, para que recupere ese espacio tan natural que le ha sido arrebatado: la calle.
Esta claro que los Estados son entidades responsables por la seguridad de los ciudadanos, pero la historia reciente ha demostrado que la producción de seguridad puede tomar como horizonte ciertas claves excluyentes e incluso siniestras, o puede reposar en políticas que con los ojos abiertos a una realidad compleja e interconectada, respondan con una perspectiva de derechos humanos a través de instituciones profesionales y competentes ante los patrones violentos y de criminalidad que surcan a una sociedad.
Bajo el marco internacional de los derechos humanos la responsabilidad de los Estados se expresa no sólo en el deber de respetar los derechos humanos internacionalmente reconocidos, sino también en actuar con la debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar aquellas prácticas lesivas contra las personas por parte de agentes gubernamentales o particulares, cualquiera sea el ámbito en el que ocurra.
Recorrido más de medio siglo desde que la comunidad internacional adoptara un marco jurídico desde el cual se le exige a los Estados rendir cuentas sobre el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, se puede observar una realidad bastante desajustada de la visión esperada.
POLICÍA
El modelo de policía de orientación comunitaria o de proximidad constituye el más reciente paradigma en materia policial y surge como respuesta al agotamiento que empieza a evidenciar el tradicional modelo “profesional” desarrollado a partir de los años cincuenta.
Este modelo aparece y se extiende rápidamente en Estados Unidos, Canadá y Europa a partir de la década de los ochenta, e irrumpe en América Latina en los años noventa, acompañando algunos de los procesos de reforma policial de la región. En realidad, podríamos afirmar que no se trata de un nuevo concepto, sino más bien de la recuperación del modelo elaborado hace más de 150 años por Sir Robert Peel y aplicado a la policía metropolitana de Londres, inspirándose también en el modelo de policía de Japón, conocida como el “koban”.
En primer término, la policía de proximidad no solamente se preocupa por actuar sobre variables tradicionalmente asociadas a su quehacer como lo son la delincuencia y el orden público, sino que incorpora otras como la sensación de inseguridad, la calidad de vida de la población y la cohesión y solidaridad social.
Es así como sus objetivos también se amplían. Aparte de ocuparse del control de la criminalidad y del orden público, la policía incorporará a su quehacer objetivos tales como:
· Identificar problemas en la comunidad y propiciar soluciones sostenibles, particularmente sobre aquel tipo de problemas que se estime pueden incidir sobre la proliferación de hechos delictivos o de problemas de orden público.
· Mejorar la sensación de inseguridad en la población.
· Incrementar el nivel de satisfacción de la comunidad con respecto a la intervención policial.
· Incorporar a los ciudadanos en la producción de seguridad, mediante su participación en diversas iniciativas que permitan prevenir más efectivamente la comisión de delitos.
· Mejorar el control social sobre la actuación policial.
Vistos los objetivos del nuevo modelo y las variables sobre las que pretende actuar, la policía de proximidad supone un conjunto de características particulares:
En primer término se observa una ampliación del mandato policial tradicional, que no se limita al mantenimiento del orden y a la prevención y represión de la criminalidad, sino que abarca la resolución de los problemas de la comunidad dentro de un más amplio concepto de calidad de vida de la población.
En segundo término, la actitud institucional exige un comportamiento proactivo más que reactivo, centrando sus esfuerzos en la resolución temprana de los problemas que puedan degenerar en conflicto social.
En tercer lugar, se privilegia el diseño de estrategias a nivel local. La unidad geográfica más pequeña -barrio, vecindario, etc.- pasan a constituir el espacio en donde se analiza el problema de la inseguridad y se planifican las estrategias para enfrentarlo.
En cuarto lugar, se promueve el establecimiento de mecanismos de asociación y cooperación con las autoridades políticas, los servicios públicos y privados, los medios de comunicación y la comunidad en general. La policía deja de ser un ente aislado, trabajando en “un mundo secreto” contra la delincuencia, y se convierte en un ente dinamizador de iniciativas ciudadanas que procuran prevenir la comisión de delitos y mejorar el entorno inmediato.
Los aspectos descritos con anterioridad condicionan cambios a nivel organizacional, operativo y de recursos humanos.
A nivel de la estructura organizativa, el modelo comunitario exige importantes grados de descentralización a efectos de procurar un mayor acercamiento de la institución a la ciudadanía. Paralelamente, la tradicional estructura de mando vertical da paso a una organización más horizontal, con un importante traslado de poder en la toma de decisiones hacia las unidades de base.
En materia operacional, se producen cambios que procuran una presencia más visible de la policía en las calles y un contacto más directo de ésta con la ciudadanía. La unidad policial grande y diseñada “hacia adentro” abre paso a unidades pequeñas, estratégicamente ubicadas; el patrullaje motorizado se complementa con el patrullaje a pie o en bicicleta, y se acrecienta el contacto con la ciudadanía mediante visitas a sectores de la comunidad, reuniones periódicas con representantes de la misma, etc.
Adicionalmente, el mayor acercamiento a la comunidad y la incorporación de la misma al quehacer de las unidades, acrecienta la obligación de rendir cuentas a los ciudadanos y a los responsables políticos del nivel territorial correspondiente; situación ésta que presiona hacia una mayor transparencia institucional y hacia un fortalecimiento de los mecanismos de control externos sobre la actuación policial.
Finalmente, en materia de reclutamiento y formación de personal, se privilegia a un policía que se perfile más como un generalista que como un especialista; más como un comunicador que como un “informante”, más como un gestor social que como un agente del orden.
Las estrategias previstas para la aplicación del modelo de policía de proximidad son numerosas y variadas, según las características específicas del contexto en el que se inserta. Sin embargo, es posible establecer un esquema general consistente esencialmente en lo siguiente:
· Diseño y ejecución de experiencias-piloto conjuntas (policía-comunidad) en algunas zonas o barrios seleccionados, que permitan probar el modelo y obtener efectos demostrativos.
· Levantamiento de información relevante y de estudios en las zonas en donde se ejecutarán las experiencias piloto que contengan datos sobre la criminalidad y el sentimiento de inseguridad, los medios utilizados por los ciudadanos para protegerse de la delincuencia, el nivel de deterioro del entorno físico, los grupos comunitarios existentes y sus recursos (humanos, materiales y financieros).
· Establecimiento de alianzas con las autoridades políticas locales -municipio, alcaldía, etc.-, los organismos sociales existentes en la zona o en el barrio, la empresa privada, los grupos comunitarios, etc., para que de manera conjunta se identifiquen los problemas, se establezcan las prioridades y se propongan acciones debidamente consensuadas. Preferiblemente se aconseja el establecimiento de uno o varios comités que garanticen un proceso sostenido de coordinación y colaboración.
· Diseño de esquemas de patrullaje alternativo y de programas preventivos, tales como visitas a diversas instituciones (escuelas, colegios, comercios, residencias) con la finalidad de determinar su grado de seguridad, reuniones periódicas con los ciudadanos para intercambiar información y buscar soluciones, patrullas de vecinos en el barrio, identificación de objetos de valor, minipuestos policiales, campañas publicitarias, elaboración y distribución de folletos, talleres y conferencias, exposiciones itinerantes de la policía, saneamiento ambiental, modificaciones en el alumbrado, buzones "correo policial", actividades culturales, deportivas y recreativas, etc.
· Intervención selectiva en materia delictiva, dando prioridad a ciertos delitos seleccionados por su gravedad y frecuencia, y a partir de un minucioso levantamiento de información de la situación criminal en la zona respectiva.
· Evaluación periódicamente de las experiencias, teniendo en cuenta los objetivos previstos.
· Amplia divulgación y publicidad a los resultados del proceso para efectos demostrativos y mejoramiento de la sensación de inseguridad.
· Ampliación de las estrategias a otras zonas.
Paralelamente a la ejecución de experiencias piloto, la policía debe ir introduciendo a nivel de su organización, de su estrategia operativa y de su personal, los cambios correspondientes a efectos de garantizar la sostenibilidad del modelo.
Comenzaré indicando los diferentes factores que conforman y condicionan la realidad policial. Para arribar a este objetivo, imprescindible para formular las consideraciones necesarias y válidas para un cambio futuro; se efectúa una lectura en su aquí y ahora como de su devenir histórico en cuanto a su pertenencia Estatal, a sus relaciones con la Comunidad y las actividades realizadas en contra de la delincuencia.
Consecuentemente, identificaré y citaré, una serie de presupuestos que en más o en menos, subdivididos o agrupados diferentemente, básicamente representan los más importantes y que necesariamente deben ser analizados en su conjunto.
· Conflictos con la comunidad. Distanciamiento.
· Desempeño exclusivo de tareas operativas. Eliminación de oportunidades y otras supletorias.
· Descontrol del accionar de la delincuencia. Desprotección.
· Casos de violaciones a los derechos humanos y de corrupción.
· Inadecuada estructura institucional. Disfuncionamiento.
· Precaria e inadecuada capacitación profesional.
· Pérdida de identidad.
· Influencia política.
· Ausencia policial en el lugar.
· Negligencia, descontrol y falta de conocimiento de los policías.
· Ingesta de bebidas alcohólicas, diversión exagerada.
· Abuso en el uso de los bienes públicos, vehículo, luz, agua, teléfono.
· Falta de recursos financieros que atiendan debidamente a los funcionarios policiales en sus necesidades y decoro personales.
· Falta de sistemas y medios logísticos para cumplir acabadamente su misión específica.
La Policía tiene conflictos con su comunidad, desde el preciso instante de su creación, lo cual tiene mucho que ver con los aspectos y características de la misión a cumplir como de la metodología tradicionalmente empleada para llevarla a cabo. Estos conflictos, se traducen preponderantemente en actos de violencia, corrupción, violaciones sistemáticas a los derechos humanos, descontrol del accionar de la delincuencia y aún su aislamiento institucional; todo lo cual converge, en la desprotección ciudadana, en su distanciamiento y alto grado de cuestionamiento social.
CONCLUSIONES
· La Seguridad Ciudadana es un problema complejo, al que no se le pueden dar respuestas únicamente policiales.
· La Seguridad Ciudadana, actualmente es un problema de los Estados y en consecuencia es necesario definir políticas desde ese nivel para atacar dicho problema.
· La Seguridad Ciudadana es un fenómeno transversal, puesto que en su generación (o en la carencia de la misma) pueden intervenir diferentes políticas públicas de diferentes disciplinas y administraciones.
· No existe una estrategia y política integral de seguridad ciudadana. No se han desarrollado Planes Nacionales de Prevención de la Violencia, ni se ha tratado de involucrar integralmente a todos los sectores, instituciones y organismos que tienen algún tipo de compromiso y responsabilidad con la problemática de la violencia y e la seguridad ciudadana. Lo que ha primado más bien es una concepción de seguridad que se fundamenta en la represión y el control y que no considera las fases del ciclo de la violencia; por tal motivo, esas propuestas son unilaterales y no abordan de manera sistemática y eficiente el problema de la violencia y la seguridad ciudadana.
· Pese a las importantes reformas de la policía que se han emprendido, predomina una estructura organizacional altamente centralizada y jerarquizada. Esta situación obstaculiza la incorporación de las instancias de gobierno local a la gestión policial e inhibe el trabajo de los policías destacados en las comunidades. Como respuesta a esta situación, se debate en varios países la creación de nuevas policías con adscripción a nivel local que asuman las tareas asignadas a los cuerpos nacionales de policía.
· El personal de nuestras policías, salvo escasas excepciones, es un personal mal pagado, pobremente dotado, con bajos niveles de autoestima, escasa iniciativa y desinformado sobre los principales aspectos que afectan el entorno de la comunidad. Esta situación no propicia la implantación de un modelo que requiere de su personal altos niveles de motivación, habilidad en la comunicación, ejercicio de liderazgo a nivel comunitario, etc.
· Ausencia total de coordinación de las autoridades policiales con las autoridades metropolitanas, por egoísmo y/o probables suplantaciones de funciones.
· La débil cultura democrática que caracteriza la organización social y política, en donde los procesos de participación y movilización ciudadana han estado dirigidos a enfrentar las estructuras de poder, más que a generar espacios de colaboración con las autoridades. El modelo resulta igualmente riesgoso frente a la tendencia de una clase política que pueda caer en la tentación de utilizar la experiencia para fines de cooptación política más que para generar un impacto real en la calidad de vida de la población.
· Debemos de entender siempre que el propósito fundamental de toda institución policial en cualquier región del mundo, sin perjuicio de la legislación vigente de cada país, es la aplicación de la ley.
· Pero la historia nos demuestra, en la generalidad y muy especialmente en la particularidad de nuestros países, que las fuerzas policiales se han visto envueltas en situaciones altamente comprometidas con una franca violación a los derechos humanos de la propia comunidad a la cual pertenecen y sirven, sembrando una dudosa constitucionalidad en su cotidiano quehacer laboral y poniendo en tela de juicio su profesionalidad a la vez que provocar un alto cuestionamiento y reproche político y social.
RECOMENDACIONES
· La necesidad de comprometer las políticas matriciales tales como Políticas de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y en materia de Administración de Justicia. Debiendo de evitarse que dichas políticas se muevan en el terreno de lo periférico, impulsos episódicos, discontinuos, dependientes de un conjunto de contingencias altamente vulnerables a lo considerado como “prioridades gubernamentales” o incluso prioridades en el gasto de una administración.
· Alerta permanente sobre la condición sustancial que reviste el respeto irrestricto de los derechos humanos y la construcción de entornos democráticos, bajo regímenes que se ciñan a la regla de derecho, donde se garantice un poder judicial independiente y eficiente. Igualmente, se deben corregir aquellas prácticas que atentan contra el fortalecimiento de las capacidades de fiscalización por parte de la sociedad civil respecto de la gestión pública.
· Se debe de generar en forma imprescindible una nueva cultura policial, es decir un cambio filosófico que se traduzca en mentalidad y metodología diferentes, donde el habitante se sienta protegido como regla general y no como suceso extraordinario.
· Aplicar la ley en el marco del respeto y protección de los Derechos Humanos y también velar por las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo donde cada funcionario policial se sienta plenamente protegido por el Estado en su condición de tal. Esto implica el inexcusable compromiso estatal de sustentar en adelante una conducta policial de transparente constitucionalidad y de protección de los mismos.
· La Policía Nacional, deberá subordinarse a las políticas de seguridad ciudadana dictadas por las autoridades metropolitanas.
· El tratamiento de esas dimensiones debería realizarse sobre la base de las siguientes intencionalidades, principios y orientaciones:
o Equidad Social. Tratar de inscribir la política de seguridad ciudadana en un contexto de justicia social con la finalidad de mejorar la calidad de la población así como mitigar la vulnerabilidad que presentan los sectores sociales de más alto riesgo: jóvenes, mujeres, ancianos, niños.
o Cultura ciudadana. Toda política que busque reducir y prevenir la violencia tiene que generar un impacto positivo en las esferas culturales y en la cotidianidad. Para ello se deben fortalecer las conductas sociales de convivencia pacífica (tolerancia, respeto, diálogo), de la vida comunitaria, de la cotidianidad a través de una orientación adecuada de los medios masivos de comunicación, especialmente la televisión educativa, y el establecimiento de programas de participación democrática que se sustenten en la diversidad de las identidades sociales que cohabitan en determinados espacios de la sociedad nacional.
o Participación social. Sin duda alguna que el origen y fin de la violencia tiene que ver con la sociedad en conjunto. Por ello no se debe excluir de las sociedades la búsqueda de mecanismos de participación de la población en la mitigación de la violencia, sea a través de las formas de organización existentes o de otras que se creen para el efecto.
o Concertación social. La seguridad ciudadana es responsabilidad múltiple; por tal motivo, es indispensable definir un marco concertado y participativo de acciones lo más amplio posible y el que estén involucrados los distintos niveles del Estado, el sector empresarial, las ONG´s y la población organizada (Sindicatos, Cámaras, Foros, Barrios, etc.)
o Carlos Bustamante Salvador - 082524680
Por: Carlos Bustamante Salvador
(...) Es el tiempo del miedo. Miedo de la mujer a la violencia del hombre y miedo del hombre a la mujer sin miedo. Miedo a los ladrones, miedo a la policía. Miedo a la puerta sin cerradura, al tiempo sin relojes, al niño sin televisión, miedo a la noche sin pastillas para dormir y miedo al día sin pastillas para despertar. Miedo a la multitud, miedo a la soledad, miedo a lo que fue y a lo que puede ser, miedo de morir, miedo de vivir.
Eduardo Galeano extracto de “El miedo global” en: Patas Arriba. La Escuela del Mundo al Revés, Quinta Edición (España), 2000, p.83
INTRODUCCION
La falta de seguridad ciudadana ha pasado a ser en los últimos tiempos uno de los temas centrales de preocupación de los ciudadanos y, por tanto, una de las cuestiones a resolver por los responsables políticos de principios de este siglo. De este modo, Kris Bonner dice:
El interés de la población que hace referencia a la delincuencia ha aumentado enormemente en los últimos años. (....). La seguridad es una condición necesaria para el funcionamiento de la sociedad y uno de los principales criterios para asegurar la calidad de vida.
En efecto, la crisis de la seguridad y su correlativa necesidad de reforma han conducido a que, en ocasiones, desde los ámbitos de gobierno se formulen recetas simplistas para actuar sobre los síntomas y no sobre las causas, conocidas en el ámbito anglosajón como la búsqueda de la bala color de plata, que alude a la leyenda del hombre lobo, que, como la falta de seguridad, amenaza a la sociedad. Sin embargo, la bestia inmortal, tiene un talón de Aquiles, se puede acabar con ella con sólo un disparo con una bala de plata al corazón.
SEGURIDAD CIUDADANA
Antecedentes del concepto de seguridad
En absoluto es en balde la expresión de un concepto de seguridad, puesto que en función del concepto de seguridad del que nos dotamos, determinaremos la política de seguridad necesaria.
El concepto tradicional de seguridad es el que lo asociaba con la represión del delito y el mantenimiento del orden, se trataba, pues, de un concepto de seguridad situada en el entorno del control y de la criminalidad y eminentemente reactiva. A este concepto se adscribe la definición que de la policía hace el Código de Brumario del año IV:
La policía está instituida para mantener el orden público, la libertad, la propiedad y la seguridad individual.
La evolución natural, en comparación con la medicina (asimilando el delito con una enfermedad del cuerpo social), hizo que se sopesara la seguridad de la represión a la prevención, intentando actuar, también, sobre las causas y no solamente sobre los síntomas. A esta concepción preventiva y, por tanto, pro – activa, de la seguridad, hace falta atribuir la incorporación de elementos nuevos a estas políticas, de suerte que a las mismas ya no les son extrañas las políticas sociales, de ocupación o, aun, urbanísticas y, de rebote, la incorporación, también, de profesionales de diferentes disciplinas. En este sentido se expresaba la Grande Encyclopédie de 1910:
No se conoce sociedad organizada sin que exista un poder de policía que asegure a sus miembros la seguridad interior, reprimiendo y previniendo delitos.
La seguridad: un problema complejo
Pese a que son muchas las voces que se alzan en ese sentido, muchos responsables en materia de seguridad siguen aplicando ópticas de corto plazo y políticas reactivas. En el proyecto de manual del Congreso de los poderes locales y regionales de Europa, organizado por el Consejo de Europa, en sus puntos 3,b) y 3.c) indica lo siguiente:
Adoptar una aproximación más estratégica y holística, sorteando la sectorización en materia de la lucha contra la inseguridad urbana;
Comprender que la protección del medio urbano es un proceso complejo que exige la contribución de un gran número de actores trabajando en partenariado.
A su vez, el Manifiesto y las Resoluciones de los temas abordados por las ciudades europeas sobre Prevención y Seguridad en la conferencia de Nápoles los días 7, 8 y 9 de diciembre de 2000, afirma:
La inseguridad no puede reducirse únicamente a los problemas de criminalidad. La inseguridad es una problemática compleja: está atada a los problemas de sanidad, de medio ambiente, de urbanismo, de formación; es el resultado de desigualdades crecientes en el acceso a los recursos; pone en juego conflictos de intereses, sobre todo con respecto a la división y al uso del espacio y de los ritmos de la ciudad (tiempo libre por la noche, deportes, prostitución). La inseguridad es un riesgo urbano al que hace falta darle respuestas civiles.
El problema radica, por otro lado, en que el ciudadano común, razonando con los elementos a su alcance, delante del incremento de la sensación de inseguridad, inequívocamente pide, en primer lugar, más presos y más penas y, en segundo lugar, más policías. Los responsables de las administraciones habrán de hacer todo lo posible para no caer en esta simplificación y poder actuar sobre las causas de la sensación térmica de seguridad.
Si, por el contrario, se opta por una solución del tipo de tolerancia cero o de mano dura, se estará actuando, solamente, sobre dos vectores del sistema.
· En primer lugar sobre el sistema penal, pero, hemos de saber que se trata de una actuación, en gran parte, estéril, puesto que el sistema penal, de media, únicamente acaba sentenciando a prisión entre un 1 % y un 5 % de los delitos cometidos.
· En segundo lugar, el reclamo de más policías, tampoco es una solución, puesto que no hay una relación directa entre el número de policías y el nivel de seguridad, sencillamente porque cuando se comete un delito es cuando la policía no está presente. Es más, en determinados casos, la presencia visible de más policía lo único que hace es aumentar la sensación de inseguridad. Es decir, no hace falta poner a más gente haciendo lo mismo, sino que lo que hace falta hacer es ver cual es el número de policías óptimo por número de habitantes.
El sentimiento subjetivo de seguridad: el gran delito, el delito ordinario y los comportamientos incívicos
La inseguridad no es simplemente el temor al robo o a la agresión. Puede nacer también del peligro provocado por un automóvil, por un entorno nocivo precario y, sobre todo, por el temor a no disponer del espaldarazo de una ayuda o de un servicio que aporte protección o reparación.
Debemos de entender que la superación de la vinculación cerrada entre seguridad y delincuencia, pero por una vía diferente: la del concepto subjetivo de inseguridad. La seguridad engloba, por lo tanto dos conceptos: de una parte, el objetivo, que estaría representado por el incremento del delito y, por otro, el subjetivo que vendría determinado por la sensación de incertidumbre, de riesgo o de miedo que tiene el ciudadano por el desarrollo de lo que se denomina delincuencia ordinaria y los actos incívicos, diversos y no agrupables bajo una sola categoría pero que, no obstante, no entran dentro de la categoría de delitos. Delincuencia ordinaria y actos incívicos, se producen en el ámbito más próximo al ciudadano y, por lo tanto, afectan más directamente a su sensación térmica de seguridad.
La seguridad crea todo lo necesario para que después todo, en la ciudadanía, resulte productivo, para que las iniciativas puedan generarse y consolidarse y se conviertan en productos tangibles, conservables. La seguridad no es acción de uno solo, la seguridad es un acto mancomunado y tácito entre las instituciones dentro de las cuales no escapa la Policía.
Nosotros como pueblo y familia debemos hacer cada cierto tiempo una reflexión en pareja y analizar de veras si nuestras acciones como padres de familia están orientadas adecuadamente a educar a nuestros hijos, cómo debe de ser, signándole los valores esenciales, acciones de responsabilidad, de fuerza de voluntad, de persistencia para alcanzar sus objetivos, que vean en el padre o la madre la imagen objetiva a seguir y a superar. Eso se está descuidando en todos los niveles, alto, medio, bajo, porque egoístamente también nos centramos al esfuerzo de sostener la economía del hogar y descuidamos un tanto lo más importante, la familia, la crianza y desarrollo de nuestros hijos.
Debemos también de ver que nuestras familias se descomponen un tanto, por el resultado del vacío de comunicación y de afecto e integración de padres a hijos y de hijos a padres, que degenera en una falta de control. La consecuencia, mala formación, malos hábitos, tal que ya no existe consideración a la autoridad de los padres y ahí viene el ingreso de los problemas de violencia juvenil, los problemas de violencia familiar.
De ahí que se busque soluciones integrales, que permitan cuidar primero la familia, potenciarla. ¿Cómo? En base a capacitaciones, vinculaciones permanente a profesionales que tiendan a buscar y, porque no decir, brindar el consejo y la reflexión oportuna, la orientación técnica de los psicólogos, la consulta oportuna para aliviar alguna situación , para desechar el estrés de los padres, para alimentar la relación afectiva entre padres y puedan dar un verdadero afecto y amor a sus hijos, para que en base a esa sólida función familiar como célula fundamental de la sociedad se construya un nuevo Estado.
Los niños y los jóvenes de hoy ya tienen un marco referencial de comportamiento, a ellos nos toca ayudarlos a reflexionar, orientarlos y en la medida que sea posible estimular esfuerzos multisectoriales para presentarles respuestas concretas a sus frustraciones, a sus inquietudes, buscar alternativas de superación. Una especial atención a los niños porque ellos sí están presentándonos la esperanza de que nuestro futuro mejore en un país mucho más integrado, de sólidas convicciones y estructura de seguridad ciudadana.
La seguridad ciudadana también tiene que ver en el aspecto estructural de la formación de los distritos, de las ciudades y los barrios, para que sea una zona donde exista seguridad. Donde existe tranquilidad tiene más valor, tiene un valor mucho más positivo y económicamente contundente que un lugar donde no hay una buena seguridad ciudadana, donde no existe una norma adecuada de desarrollo, donde no existe una convivencia pacífica. Una zona donde existen conflictos, robos sociales, se desprecia y donde existe tranquilidad, donde existe buena convivencia, eleva su precio, su justiprecio.
Seguridad Ciudadana comunitaria: Cuestiones terminológicas
Orden Público, seguridad ciudadana o seguridad de los habitantes
El concepto de orden público ha ido modificándose a lo largo del tiempo. Originariamente, este es el concepto liberal que mana del artículo 9 que regula esta cuestión en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 que dice:
Nadie puede ser inquietado por sus opiniones, incluso las religiosas, siempre y cuando su manifestación no altere el orden público establecido por la ley.
Este artículo, tiene que ser interpretado sistemáticamente y puesto en relación con el 4 de la misma Declaración:
La libertad consiste en poder hacer todo lo que no sea perjudicial al otro. Así, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tienen otro límite que aquellos que aseguren a los otros miembros de la sociedad el disfrute de estos mismos derechos; estos límites sólo pueden estar determinados por la ley.
Por lo tanto si mudamos el concepto de orden público del ámbito estricto de la libertad ideológica del artículo noveno a uno más genérico del artículo cuarto, formularemos la siguiente definición de orden público:
El orden público se establece como garantía y límite de la libertad y, como ésta, consiste en que nadie puede hacer nada que sea perjudicial a los demás.
Desde esta perspectiva, que no hemos de perder nunca de vista, libertad y seguridad son dos caras de la misma moneda: Sin seguridad no hay libertad (ya que la falta de ésta, inquieta el libre ejercicio de los derechos y libertades del ciudadano) y sin libertad no puede haber una autentica seguridad (ya que la seguridad sin libertad comporta un régimen autoritario).
Seguridad Comunitaria
Cuando hablamos de seguridad comunitaria, nos estamos refiriendo a un modelo concreto de seguridad, lo que tiene en cuenta al ciudadano en la formulación y verificación de las políticas de seguridad. Los orígenes del término seguridad comunitaria los tenemos que encontrar en la idea de oposición entre el modelo inglés de policía (o policía comunitaria) y el modelo francés o continental (o policía del princeps).
Para el primero, la actividad de la policía sería una consecuencia de las demandas sociales, de forma que habría una clase de self – policing, de la comunidad con un mínimo uso de la fuerza. Por el contrario, la policía continental, estaría mucho más ligada al proceso de construcción de un Estado contemporáneo y, por lo tanto, de defensa del mismo ante los procesos involucionistas o revolucionarios que ha padecido.
DERECHOS HUMANOS
El tema de la seguridad pública es una de las preocupaciones permanentes de los ciudadanos, en casi todas las encuestas este tema ocupa uno de los primeros lugares; sin embargo a esta preocupación no le sigue un nutrido debate, alentado por la sociedad misma, que lleve a mejores diagnósticos y al diseño de innovadoras alternativas para asegurar lo que también es un derecho humano, la seguridad ciudadana. Como lo indicará Roberto Cuellar M. en su intervención en Antigua-Guatemala del 15 al 16 de noviembre de 2001:
La seguridad ciudadana es un tema que se mantiene en un primer lugar de las agendas nacionales debido a que su antítesis, la inseguridad ciudadana, es el reclamo más constante que las personas les hacen a las autoridades nacionales o municipales. Esa circunstancia ha generado las más diversas teorizaciones sobre el tema, no siempre bien enfocadas hacia la determinación de las causas y su erradicación, sino más bien hacia acciones más de carácter reactivo que preventivo. Es así como por lo general, se responde a concepciones muy seguristas que le dan énfasis al tratamiento estatal y/o represivo del problema, lo cual se encuentra reflejado claramente en las políticas policiales.
Diversos factores como la no distinción entre seguridad pública y seguridad nacional, la ineficacia del sistema penal, así como la exacerbación que de este tema hacen los medios de comunicación han convertido el tema de la seguridad pública en problema aparentemente univoco, haciendo entonces creer que la única alternativa es la visión policíaca y represiva, donde se criminaliza la pobreza o se imponen medidas como la del “alcoholímetro” sin pedir que la autoridad justifique que es una medida idónea y que efectivamente no existe otra posibilidad para generar esta restricción a las garantías ciudadanas.
Muchas veces el cuestionamiento que las defensoras y defensores de derechos humanos han hecho a las medidas que aumentan la discrecionalidad de las policías o que sólo proponen mayores medidas represivas ha servido para acusar de que “defienden delincuentes” y que no les preocupa los derechos de los ciudadanos honestos. Por supuesto que interesa el tema de la seguridad pública pero desde otras y mejores perspectivas.
En el análisis del problema de la seguridad ciudadana debiéramos llegar a determinar el grado de erosión de los niveles de convivencia ciudadanos que genera la inseguridad, para lo cual se necesita que se asegure la existencia de un diagnostico de la realidad económica, socio cultural y criminológico, y no sólo este último.
De forma que entonces el trabajo de seguridad sea planteado como un trabajo de reconstitución del tejido social y en consecuencia la policía considerada como una institución que contribuye a la reconstitución de la convivencia comunitaria.
De tal manera que las estrategias de seguridad ciudadana sean fundamentalmente preventivas e integrales.
La defensa de los derechos humanos se orienta al combate del delito
Muchas veces los servidores públicos, valiéndose de su cargo, se olvidan de que su misión es proteger a los ciudadanos y los derechos humanos, y que las armas les fueron confiadas para defender a la ciudadanía y no para atacarla.
Corresponde a los órganos correspondientes velar por los derechos de las víctimas del delito.
Esto no es cumplido plenamente. Un alto porcentaje de las quejas presentadas en las comisiones de derechos humanos ha sido de víctimas que han quedado desamparadas ante la impunidad, la inacción o ineficiencia del sistema de administración de justicia. Muchas denuncias formuladas no han sido debidamente investigadas; otras ni siquiera se han indagado. En las que se hacen investigaciones hay serias deficiencias jurídicas que serán aprovechadas por el acusado en su defensa o serán tan graves que el juez no pueda continuar con el procedimiento. Y en las que se ha concedido orden de detención, éstas no se han ejecutado.
La defensa y protección de los derechos humanos no son un obstáculo para combatir el crimen
Las causas de la inseguridad que viven nuestros países son diversas: corrupción, impunidad, violencia, desconfianza en las autoridades, entre muchas más.
Sin embargo, algunos se han empeñado en señalar que quienes se dedican a “la protección y defensa de los derechos humanos” la han ocasionado y que, además, ¡no les permiten combatirla! Esto es falso. Para muchos servidores públicos este argumento les sirve como pretexto para seguir ocultando su ineficiencia y, en ocasiones, sus complicidades.
Todos sabemos que una de las causas más comunes de la inseguridad es la corrupción. Debemos entender que ésta no sólo significa aceptar o pedir una dádiva, sino dejar de hacer cuando se está obligado a ello.
El no arrestar a quien debió ser detenido genera impunidad; deja sin castigo cuando debía haberlo. La impunidad se manifiesta cuando los ciudadanos no denunciamos algún delito que, sabemos, se ha cometido, ya sea por miedo, ignorancia, o desconfianza en las autoridades; cuando el policía no detiene por ineficacia, incapacidad, complicidad o desconocimiento; cuando las autoridades no hacen debidamente su trabajo, entre otros casos.
Esto genera violencia. Al no ver satisfecho ese derecho, dejamos en la víctima del delito un deseo de “justicia” muchas veces traducida en venganza, que se cobrará tal vez por su propia mano. Esta situación genera gran desconfianza en las instituciones de administración de justicia. Menos ciudadanos acudirán a ellas a denunciar, mientras que los delincuentes seguirán haciendo de las suyas a la sombra de la impunidad.
El reto, tanto de las instituciones de seguridad pública como de la sociedad en general, es romper el círculo vicioso que forman la corrupción, la impunidad, la violencia y la desconfianza.
La defensa y la protección de los derechos humanos pugnan por una política de seguridad ciudadana que actúe sobre las causas de la criminalidad y privilegie la prevención e investigación del delito.
Se ha dicho de manera insistente que para combatir la delincuencia y elevar los niveles de seguridad es necesario aumentar la sanción penal, el número de policías y patrullas, y tolerar la violación a los derechos humanos, entre otras.
Esta creencia negativa deja de lado las verdaderas causas de la criminalidad y se olvida de la necesaria modernización de las instituciones de administración de justicia, mediante un esfuerzo global que garantice el acceso y trato igualitario a la población; que se erradique la desconfianza mutua entre esas entidades y se busque la complementariedad de ellas y la coordinación contra el crimen.
Una política de seguridad ciudadana seria debe atacar las causas de la criminalidad y prever medidas en el ámbito social, de la infraestructura, la educación y la participación de la sociedad, para prevenir o combatir todo factor criminal y así dificultar las comisión de delitos.
Para hacer frente a este desafío hay que humanizar y hacer más eficaz la respuesta del Estado, con la capacitación y profesionalización de los cuerpos policiales. Para ello se requiere:
· Interés del Estado y la sociedad para que la formación del policía se oriente hacia el respeto al orden legal y de los derechos humanos de los ciudadanos.
· Dignificación de la actividad policial. El policía es un servidor público encargado de la seguridad, pero sobre todo es una persona con una actividad que merece alta valoración social y, por lo tanto, debe ser correspondida con el respeto a sus derechos y la satisfacción de sus necesidades elementales.
· Evaluación del trabajo policial no sólo por sus resultados, sino por los medios empleados. Esta apreciación será permanente, y en ella no sólo habrá de intervenir el Estado, sino también la sociedad, que debe convertirse en un actor coadyuvante de las distintas etapas que implica una estrategia de seguridad pública. Los mecanismos e instrumentos de la actuación policial deben regularse según el criterio “mayor eficacia-menor costo para las personas en el ejercicio de sus derechos”. En este sentido, su actuación debería estar sustentada en el criterio: “Prevención en la medida de lo posible y represión en la medida de lo estrictamente necesario”.
· La participación de la sociedad en la evaluación de sus necesidades, así como en los planes de seguridad pública.
· Adopción, por parte de los cuerpos policiales, de códigos de conducta o ética.
· Mecanismos que resuelvan algunos problemas entre los ciudadanos de forma no violenta, a través de la mediación o solución pacífica de los conflictos.
La seguridad pública no sólo es un problema de los cuerpos policiales. La colaboración de todos los actores sociales es urgente, especialmente cuando vemos que las debilidades en este rubro son fuente de una violencia e impunidad que afectan la vida, la integridad, la libertad y el derecho a la justicia de las personas y, en general, el de todos a llevar una vida libre de temores y sobresaltos.
Para que la lucha contra la delincuencia sea eficaz, las acciones deben ser legítimas, esto es, respetar la Constitución y con ello los derechos humanos, no sólo por el bien de la legalidad, sino por el de la sociedad, para que recupere ese espacio tan natural que le ha sido arrebatado: la calle.
Esta claro que los Estados son entidades responsables por la seguridad de los ciudadanos, pero la historia reciente ha demostrado que la producción de seguridad puede tomar como horizonte ciertas claves excluyentes e incluso siniestras, o puede reposar en políticas que con los ojos abiertos a una realidad compleja e interconectada, respondan con una perspectiva de derechos humanos a través de instituciones profesionales y competentes ante los patrones violentos y de criminalidad que surcan a una sociedad.
Bajo el marco internacional de los derechos humanos la responsabilidad de los Estados se expresa no sólo en el deber de respetar los derechos humanos internacionalmente reconocidos, sino también en actuar con la debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar aquellas prácticas lesivas contra las personas por parte de agentes gubernamentales o particulares, cualquiera sea el ámbito en el que ocurra.
Recorrido más de medio siglo desde que la comunidad internacional adoptara un marco jurídico desde el cual se le exige a los Estados rendir cuentas sobre el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, se puede observar una realidad bastante desajustada de la visión esperada.
POLICÍA
El modelo de policía de orientación comunitaria o de proximidad constituye el más reciente paradigma en materia policial y surge como respuesta al agotamiento que empieza a evidenciar el tradicional modelo “profesional” desarrollado a partir de los años cincuenta.
Este modelo aparece y se extiende rápidamente en Estados Unidos, Canadá y Europa a partir de la década de los ochenta, e irrumpe en América Latina en los años noventa, acompañando algunos de los procesos de reforma policial de la región. En realidad, podríamos afirmar que no se trata de un nuevo concepto, sino más bien de la recuperación del modelo elaborado hace más de 150 años por Sir Robert Peel y aplicado a la policía metropolitana de Londres, inspirándose también en el modelo de policía de Japón, conocida como el “koban”.
En primer término, la policía de proximidad no solamente se preocupa por actuar sobre variables tradicionalmente asociadas a su quehacer como lo son la delincuencia y el orden público, sino que incorpora otras como la sensación de inseguridad, la calidad de vida de la población y la cohesión y solidaridad social.
Es así como sus objetivos también se amplían. Aparte de ocuparse del control de la criminalidad y del orden público, la policía incorporará a su quehacer objetivos tales como:
· Identificar problemas en la comunidad y propiciar soluciones sostenibles, particularmente sobre aquel tipo de problemas que se estime pueden incidir sobre la proliferación de hechos delictivos o de problemas de orden público.
· Mejorar la sensación de inseguridad en la población.
· Incrementar el nivel de satisfacción de la comunidad con respecto a la intervención policial.
· Incorporar a los ciudadanos en la producción de seguridad, mediante su participación en diversas iniciativas que permitan prevenir más efectivamente la comisión de delitos.
· Mejorar el control social sobre la actuación policial.
Vistos los objetivos del nuevo modelo y las variables sobre las que pretende actuar, la policía de proximidad supone un conjunto de características particulares:
En primer término se observa una ampliación del mandato policial tradicional, que no se limita al mantenimiento del orden y a la prevención y represión de la criminalidad, sino que abarca la resolución de los problemas de la comunidad dentro de un más amplio concepto de calidad de vida de la población.
En segundo término, la actitud institucional exige un comportamiento proactivo más que reactivo, centrando sus esfuerzos en la resolución temprana de los problemas que puedan degenerar en conflicto social.
En tercer lugar, se privilegia el diseño de estrategias a nivel local. La unidad geográfica más pequeña -barrio, vecindario, etc.- pasan a constituir el espacio en donde se analiza el problema de la inseguridad y se planifican las estrategias para enfrentarlo.
En cuarto lugar, se promueve el establecimiento de mecanismos de asociación y cooperación con las autoridades políticas, los servicios públicos y privados, los medios de comunicación y la comunidad en general. La policía deja de ser un ente aislado, trabajando en “un mundo secreto” contra la delincuencia, y se convierte en un ente dinamizador de iniciativas ciudadanas que procuran prevenir la comisión de delitos y mejorar el entorno inmediato.
Los aspectos descritos con anterioridad condicionan cambios a nivel organizacional, operativo y de recursos humanos.
A nivel de la estructura organizativa, el modelo comunitario exige importantes grados de descentralización a efectos de procurar un mayor acercamiento de la institución a la ciudadanía. Paralelamente, la tradicional estructura de mando vertical da paso a una organización más horizontal, con un importante traslado de poder en la toma de decisiones hacia las unidades de base.
En materia operacional, se producen cambios que procuran una presencia más visible de la policía en las calles y un contacto más directo de ésta con la ciudadanía. La unidad policial grande y diseñada “hacia adentro” abre paso a unidades pequeñas, estratégicamente ubicadas; el patrullaje motorizado se complementa con el patrullaje a pie o en bicicleta, y se acrecienta el contacto con la ciudadanía mediante visitas a sectores de la comunidad, reuniones periódicas con representantes de la misma, etc.
Adicionalmente, el mayor acercamiento a la comunidad y la incorporación de la misma al quehacer de las unidades, acrecienta la obligación de rendir cuentas a los ciudadanos y a los responsables políticos del nivel territorial correspondiente; situación ésta que presiona hacia una mayor transparencia institucional y hacia un fortalecimiento de los mecanismos de control externos sobre la actuación policial.
Finalmente, en materia de reclutamiento y formación de personal, se privilegia a un policía que se perfile más como un generalista que como un especialista; más como un comunicador que como un “informante”, más como un gestor social que como un agente del orden.
Las estrategias previstas para la aplicación del modelo de policía de proximidad son numerosas y variadas, según las características específicas del contexto en el que se inserta. Sin embargo, es posible establecer un esquema general consistente esencialmente en lo siguiente:
· Diseño y ejecución de experiencias-piloto conjuntas (policía-comunidad) en algunas zonas o barrios seleccionados, que permitan probar el modelo y obtener efectos demostrativos.
· Levantamiento de información relevante y de estudios en las zonas en donde se ejecutarán las experiencias piloto que contengan datos sobre la criminalidad y el sentimiento de inseguridad, los medios utilizados por los ciudadanos para protegerse de la delincuencia, el nivel de deterioro del entorno físico, los grupos comunitarios existentes y sus recursos (humanos, materiales y financieros).
· Establecimiento de alianzas con las autoridades políticas locales -municipio, alcaldía, etc.-, los organismos sociales existentes en la zona o en el barrio, la empresa privada, los grupos comunitarios, etc., para que de manera conjunta se identifiquen los problemas, se establezcan las prioridades y se propongan acciones debidamente consensuadas. Preferiblemente se aconseja el establecimiento de uno o varios comités que garanticen un proceso sostenido de coordinación y colaboración.
· Diseño de esquemas de patrullaje alternativo y de programas preventivos, tales como visitas a diversas instituciones (escuelas, colegios, comercios, residencias) con la finalidad de determinar su grado de seguridad, reuniones periódicas con los ciudadanos para intercambiar información y buscar soluciones, patrullas de vecinos en el barrio, identificación de objetos de valor, minipuestos policiales, campañas publicitarias, elaboración y distribución de folletos, talleres y conferencias, exposiciones itinerantes de la policía, saneamiento ambiental, modificaciones en el alumbrado, buzones "correo policial", actividades culturales, deportivas y recreativas, etc.
· Intervención selectiva en materia delictiva, dando prioridad a ciertos delitos seleccionados por su gravedad y frecuencia, y a partir de un minucioso levantamiento de información de la situación criminal en la zona respectiva.
· Evaluación periódicamente de las experiencias, teniendo en cuenta los objetivos previstos.
· Amplia divulgación y publicidad a los resultados del proceso para efectos demostrativos y mejoramiento de la sensación de inseguridad.
· Ampliación de las estrategias a otras zonas.
Paralelamente a la ejecución de experiencias piloto, la policía debe ir introduciendo a nivel de su organización, de su estrategia operativa y de su personal, los cambios correspondientes a efectos de garantizar la sostenibilidad del modelo.
Comenzaré indicando los diferentes factores que conforman y condicionan la realidad policial. Para arribar a este objetivo, imprescindible para formular las consideraciones necesarias y válidas para un cambio futuro; se efectúa una lectura en su aquí y ahora como de su devenir histórico en cuanto a su pertenencia Estatal, a sus relaciones con la Comunidad y las actividades realizadas en contra de la delincuencia.
Consecuentemente, identificaré y citaré, una serie de presupuestos que en más o en menos, subdivididos o agrupados diferentemente, básicamente representan los más importantes y que necesariamente deben ser analizados en su conjunto.
· Conflictos con la comunidad. Distanciamiento.
· Desempeño exclusivo de tareas operativas. Eliminación de oportunidades y otras supletorias.
· Descontrol del accionar de la delincuencia. Desprotección.
· Casos de violaciones a los derechos humanos y de corrupción.
· Inadecuada estructura institucional. Disfuncionamiento.
· Precaria e inadecuada capacitación profesional.
· Pérdida de identidad.
· Influencia política.
· Ausencia policial en el lugar.
· Negligencia, descontrol y falta de conocimiento de los policías.
· Ingesta de bebidas alcohólicas, diversión exagerada.
· Abuso en el uso de los bienes públicos, vehículo, luz, agua, teléfono.
· Falta de recursos financieros que atiendan debidamente a los funcionarios policiales en sus necesidades y decoro personales.
· Falta de sistemas y medios logísticos para cumplir acabadamente su misión específica.
La Policía tiene conflictos con su comunidad, desde el preciso instante de su creación, lo cual tiene mucho que ver con los aspectos y características de la misión a cumplir como de la metodología tradicionalmente empleada para llevarla a cabo. Estos conflictos, se traducen preponderantemente en actos de violencia, corrupción, violaciones sistemáticas a los derechos humanos, descontrol del accionar de la delincuencia y aún su aislamiento institucional; todo lo cual converge, en la desprotección ciudadana, en su distanciamiento y alto grado de cuestionamiento social.
CONCLUSIONES
· La Seguridad Ciudadana es un problema complejo, al que no se le pueden dar respuestas únicamente policiales.
· La Seguridad Ciudadana, actualmente es un problema de los Estados y en consecuencia es necesario definir políticas desde ese nivel para atacar dicho problema.
· La Seguridad Ciudadana es un fenómeno transversal, puesto que en su generación (o en la carencia de la misma) pueden intervenir diferentes políticas públicas de diferentes disciplinas y administraciones.
· No existe una estrategia y política integral de seguridad ciudadana. No se han desarrollado Planes Nacionales de Prevención de la Violencia, ni se ha tratado de involucrar integralmente a todos los sectores, instituciones y organismos que tienen algún tipo de compromiso y responsabilidad con la problemática de la violencia y e la seguridad ciudadana. Lo que ha primado más bien es una concepción de seguridad que se fundamenta en la represión y el control y que no considera las fases del ciclo de la violencia; por tal motivo, esas propuestas son unilaterales y no abordan de manera sistemática y eficiente el problema de la violencia y la seguridad ciudadana.
· Pese a las importantes reformas de la policía que se han emprendido, predomina una estructura organizacional altamente centralizada y jerarquizada. Esta situación obstaculiza la incorporación de las instancias de gobierno local a la gestión policial e inhibe el trabajo de los policías destacados en las comunidades. Como respuesta a esta situación, se debate en varios países la creación de nuevas policías con adscripción a nivel local que asuman las tareas asignadas a los cuerpos nacionales de policía.
· El personal de nuestras policías, salvo escasas excepciones, es un personal mal pagado, pobremente dotado, con bajos niveles de autoestima, escasa iniciativa y desinformado sobre los principales aspectos que afectan el entorno de la comunidad. Esta situación no propicia la implantación de un modelo que requiere de su personal altos niveles de motivación, habilidad en la comunicación, ejercicio de liderazgo a nivel comunitario, etc.
· Ausencia total de coordinación de las autoridades policiales con las autoridades metropolitanas, por egoísmo y/o probables suplantaciones de funciones.
· La débil cultura democrática que caracteriza la organización social y política, en donde los procesos de participación y movilización ciudadana han estado dirigidos a enfrentar las estructuras de poder, más que a generar espacios de colaboración con las autoridades. El modelo resulta igualmente riesgoso frente a la tendencia de una clase política que pueda caer en la tentación de utilizar la experiencia para fines de cooptación política más que para generar un impacto real en la calidad de vida de la población.
· Debemos de entender siempre que el propósito fundamental de toda institución policial en cualquier región del mundo, sin perjuicio de la legislación vigente de cada país, es la aplicación de la ley.
· Pero la historia nos demuestra, en la generalidad y muy especialmente en la particularidad de nuestros países, que las fuerzas policiales se han visto envueltas en situaciones altamente comprometidas con una franca violación a los derechos humanos de la propia comunidad a la cual pertenecen y sirven, sembrando una dudosa constitucionalidad en su cotidiano quehacer laboral y poniendo en tela de juicio su profesionalidad a la vez que provocar un alto cuestionamiento y reproche político y social.
RECOMENDACIONES
· La necesidad de comprometer las políticas matriciales tales como Políticas de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y en materia de Administración de Justicia. Debiendo de evitarse que dichas políticas se muevan en el terreno de lo periférico, impulsos episódicos, discontinuos, dependientes de un conjunto de contingencias altamente vulnerables a lo considerado como “prioridades gubernamentales” o incluso prioridades en el gasto de una administración.
· Alerta permanente sobre la condición sustancial que reviste el respeto irrestricto de los derechos humanos y la construcción de entornos democráticos, bajo regímenes que se ciñan a la regla de derecho, donde se garantice un poder judicial independiente y eficiente. Igualmente, se deben corregir aquellas prácticas que atentan contra el fortalecimiento de las capacidades de fiscalización por parte de la sociedad civil respecto de la gestión pública.
· Se debe de generar en forma imprescindible una nueva cultura policial, es decir un cambio filosófico que se traduzca en mentalidad y metodología diferentes, donde el habitante se sienta protegido como regla general y no como suceso extraordinario.
· Aplicar la ley en el marco del respeto y protección de los Derechos Humanos y también velar por las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo donde cada funcionario policial se sienta plenamente protegido por el Estado en su condición de tal. Esto implica el inexcusable compromiso estatal de sustentar en adelante una conducta policial de transparente constitucionalidad y de protección de los mismos.
· La Policía Nacional, deberá subordinarse a las políticas de seguridad ciudadana dictadas por las autoridades metropolitanas.
· El tratamiento de esas dimensiones debería realizarse sobre la base de las siguientes intencionalidades, principios y orientaciones:
o Equidad Social. Tratar de inscribir la política de seguridad ciudadana en un contexto de justicia social con la finalidad de mejorar la calidad de la población así como mitigar la vulnerabilidad que presentan los sectores sociales de más alto riesgo: jóvenes, mujeres, ancianos, niños.
o Cultura ciudadana. Toda política que busque reducir y prevenir la violencia tiene que generar un impacto positivo en las esferas culturales y en la cotidianidad. Para ello se deben fortalecer las conductas sociales de convivencia pacífica (tolerancia, respeto, diálogo), de la vida comunitaria, de la cotidianidad a través de una orientación adecuada de los medios masivos de comunicación, especialmente la televisión educativa, y el establecimiento de programas de participación democrática que se sustenten en la diversidad de las identidades sociales que cohabitan en determinados espacios de la sociedad nacional.
o Participación social. Sin duda alguna que el origen y fin de la violencia tiene que ver con la sociedad en conjunto. Por ello no se debe excluir de las sociedades la búsqueda de mecanismos de participación de la población en la mitigación de la violencia, sea a través de las formas de organización existentes o de otras que se creen para el efecto.
o Concertación social. La seguridad ciudadana es responsabilidad múltiple; por tal motivo, es indispensable definir un marco concertado y participativo de acciones lo más amplio posible y el que estén involucrados los distintos niveles del Estado, el sector empresarial, las ONG´s y la población organizada (Sindicatos, Cámaras, Foros, Barrios, etc.)
o Carlos Bustamante Salvador - 082524680
Suscribirse a:
Entradas (Atom)