POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR DESARTICULADA
En este apartado
trataré el tema policial, institución que por sus características
constitucionales y de formación es la responsable de la seguridad y control
interno del país. Policía Nacional que a partir del año 2010, específicamente
de enero del año 2011, fuera violentada en su estructura orgánica y legal.
No se trata de
incrementar el numérico de personal policial para optimizar la seguridad, se
trata de reformar su formación académica, operacional, logística,
desconcentrando y descentralizando sus actividades, asegurando su presencia
real y efectiva, realizando prevención e inteligencia. De esta manera la
seguridad será efectiva, rescatando la convivencia ciudadana y apoyando una
cultura de paz.
ANTECEDENTES
1. La seguridad como tema integral comprende
desde el aire que respiramos hasta el territorio y la convivencia ciudadana, restaurando los
valores morales, éticos y de patria, fortaleciendo la calidad de ciudadano y
pensamiento democrático.
2. El país se encuentra des-institucionalizado
por lo que es necesario fortalecer el Estado jurídica y operativamente,
verbigracia la Policía Nacional del Ecuador, que de manera arbitraria fue
arrebatada su autonomía y representación judicial y extrajudicial con la
expedición del Decreto Ejecutivo 632, del 11 de enero del 2011, violentando el
orden jerárquico constitucional.
3. Con la vigencia del Decreto Ejecutivo 632 de enero del 2011 se rompió ese orden jerárquico,
cuando esta norma jurídica de carácter administrativo que se encuentra en los
niveles más bajos, conforme a la pirámide de Kelsen, irrumpió en el
ordenamiento jurídico de la institución policial, alteró la Ley Orgánica y de
Personal, generando una serie de efectos jurídicos que la institución encargada
de la seguridad pública se ve en la obligación de enfrentar y dar solución,
puesto que, gran parte de estos efectos jurídicos tienen que ver con ingentes
indemnizaciones producto de esta errónea introducción de normas al ordenamiento
jurídico de la Policía Nacional. Evidenciándose así una inobservancia absoluta
de los artículos 424 y 425 de la Constitución del 2008, que trata de la
jerarquía normativa en la legislación ecuatoriana.
4. Luego de seis
años cinco meses, junio del 2017, se promulga el Código Orgánico de las
Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP), incluyendo
dentro de estas organizaciones a la Policía Nacional como una más,
desconociendo su misión, visión, profesionalización e historia. Código Orgánico
que tiene por objeto regular la organización, funcionamiento institucional,
regímenes de carrera profesional y administrativo – disciplinario del personal
de las entidades de seguridad ciudadana y orden público, causando indisciplinas
en el comportamiento ciudadano de los policías, quienes se encuentran con
procesos judiciales de deudas contraídas en cooperativas y bancos, que por
situación económica paupérrima no cancelan sus obligaciones contraídas.
5. Mediante Decreto
Ejecutivo 381 de 30 de marzo de 2022, el señor Guillermo Lasso Mendoza,
Presidente Constitucional de la República del Ecuador, dispone en su Art. 1, “Escíndase del
Ministerio de Gobierno, el Viceministerio del Interior y créese el Ministerio
del Interior, como organismo de derecho público, con personalidad jurídica
dotado de autonomía técnica, administrativa, operativa y financiera, encargado
de formular las políticas para seguridad ciudadana, protección interna y orden
público”. Artículo 3, literales f, g y h, atentan gravemente la
institucionalidad y profesionalismo de
la Policía Nacional, retirando ipso facto su autonomía y representación
judicial y extrajudicial, calificándola como una institución incompetente para
regular su manejo autónomo.
6. En el gobierno del señor Mgtr. Daniel Noboa
Azin, se lesiona gravemente el orden jerárquico de la Policía Nacional, al
expedir el Decreto Ejecutivo 194 de 11
de marzo de 2024, que en su artículo 1 dice: “Otorgar el grado policial de
General Superior de Policía, al señor Comandante de Policía General de
Distrito, César Augusto Zapata Correa, con sujeción a la disposición general
Décima Séptima del Reglamento General Sustitutivo al Reglamento de Carrera
Profesional para los Servidores policiales”. Lesionado el orden jerárquico
constitucional, artículo 424 de la Constitución de la República.
7. Mediante Decreto
Ejecutivo 354 de 08 de agosto de 2024, en su artículo 1, el señor Presidente de la República, agradece las
funciones desempeñadas y servicios brindados por el señor General Superior
César Zapata Correa, disponiendo su relevo natural y cese de funciones; artículo 2, designa al señor General de
Distrito Víctor Hugo Zárate Pérez como Comandante General de la Policía
Nacional; y, en el artículo 3,
trastoca nuevamente, el orden jerárquico, representatividad institucional y
seguridad jurídica en el instante que manifiesta: “Los servidores policiales de grado de generales de mayor antigüedad
del designado Comandante General, continuarán en el ejercicio de sus funciones”.
8. La justicia restaurativa se entiende como una
evolución del sistema de justicia penal, en lo sustantivo y adjetivo. Si bien
toma en cuenta a la víctima, se ocupa sobre manera del delincuente, en todas
sus etapas, desde la prevención del delito, hasta la ejecución de las penas y
las medidas de seguridad. En tal sentido, analiza y enriquece la noción de
justicia, que se traslada de la represión a la restauración. Desde esta
perspectiva, el cambio de los protagonistas directos o indirectos del conflicto
penal es posible, y por lo tanto plantear la justicia restaurativa como un
epicentro de todos los valores en la Policía Comunitaria, convierte al
profesional en un intérprete de cultura, de los usos, de las costumbres y de
los diversos modos de ver la realidad, según el contexto y las circunstancias
en que se emplea la mediación policial.
9. La mediación policial es
un sensible y delicado trabajo de intervención comunitaria que depende de la
integridad y pulcritud del profesional porque llegan a una convergencia
armónica de la formación institucional, (sustentados en el ordenamiento
jurídico), del desempeño personal (bajo los preceptos éticos) y de las
necesidades de la comunidad (según los intereses y motivos de las partes en
conflicto). Mediar es facilitar que convivan valores e intereses diversos, e
incluso divergentes entre sí.
10. La presencia del artículo 416.6 en la
Constitución de la República, referente a la ciudadanía universal, y haber
retirado a la Policía Nacional el control migratorio, permitió el ingreso de
ciudadanos de diferente nacionalidad muchos de ellos con pasado judicial,
terrorismo, narcotráfico.
11. La Policía Nacional como
Institución fundamental del Estado con una trayectoria muy amplia de servicio a
la sociedad ecuatoriana en todas las áreas de su competencia, reconocida
internacionalmente como un cuerpo colegiado de honor, requiere desconcentrar y
descentralizar sus acciones operativas, fortaleciendo con presencia en las
Unidades de Policía Comunitaria.
12. Mantener a las fuerzas
del orden con operativos conjuntos continuos en diversos lugares de la
república, agotan física, intelectual y psicológicamente, con repercusiones
estresantes que repercuten a lo largo de la trayectoria profesional,
identificando signos de agotamiento progresivo, desmotivación y agresividad
(síndrome de Burnout)
ACCIONES
- Redactar y/o reformar la Ley Orgánica, de Personal y
Disciplina de la Policía Nacional de 1998. Proyecto de Ley que se
presentará a la Asamblea Nacional para su aprobación, reintegrando la
autonomía y representación judicial y extrajudicial a la Institución,
derogando el Libro Primero del Código Orgánico de Entidades de Seguridad
Ciudadana y Orden Público, para lo cual se conformará una mesa de trabajo
integrada por la Policía, academia y profesionales del derecho.
- La presencia de la Policía Nacional en las vías y en
el control del tránsito, por su experiencia probada, facilitaría la
prevención de delitos y con su intervención oportuna se controlaría las
incivilidades ciudadanas. Es necesario repensar en un proyecto que
eliminaría la presencia de los Agentes de Tránsito, o, a su vez se los
convertiría en Policía Metropolitana, previa evaluación individual y
formación bajo control de la Policía Nacional. Por lo tanto su misión y
visión se direcciona a prevención, inteligencia e intervención en
incivilidades ciudadanas. Proyecto que se presentaría a la Asamblea
Nacional para su aprobación.
- Desconcentrar y descentralizar la administración y
operatividad policial, con presencia real y efectiva en barrios y
comunidades en las Unidades de Policía Comunitaria, que se encuentran
abandonadas y sin atención.
- Dotar de
logística, movilización, uniformes a la Policía Nacional, lo que
permitirá la presencia efectiva, real en prevención e inteligencia, patrullaje motorizado y a pie constante
en cada zona de responsabilidad, asegurando una cultura de paz y
convivencia ciudadana.
- Facilitar la suscripción del Convenio ODR Ecuador y
Policía Nacional, que permitirá a los miembros policiales resolver con
equidad los conflictos individuales comunitarios, vecinales a través de la
mediación como procedimientos alternativos de solución.
- Reestructurar Asuntos Internos con personal
calificado e idóneo, que investigará todos los actos de indisciplina
institucional y ciudadana, sancionando y desvinculando a todos los
elementos de conducta inmoral que registran procesos judiciales en el
SATJE del Consejo de la Judicatura por deudas económicas y violencia
intrafamiliar.
- La corrupción en todas sus formas se manifiesta por
la pauperización en la que se encuentran los policías activos y pasivos,
quienes por la necesidad de mantener su familia y de cubrir gastos
económicos altos por enfermedades crónicas, son utilizados para cometer
hechos antijurídicos, por lo que es necesario revisar y actualizar los
sueldos y pensiones de los policías activos y pasivos que desde el año
2011.no han sido revisados.
- Reestructurar, desconcentrar y descentralizar la
operatividad policial y su presencia constante y efectiva, controlando el
tránsito y migración, recuperará la confianza ciudadana y la prevención
del delito será efectiva.
La Policía
Nacional del Ecuador, institución de servicio a la ciudadanía no puede
continuar siendo manipulada al vaivén de los gobiernos y políticos, su
independencia y autonomía constituyen su honor y entrega a la patria.
Abg. Carlos Eduardo Bustamante Salvador
FA-CJ-17-2013-353 / CAP 13931
Mediador ODR-E 177-2022